JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

CARLOS OMAR VENEGAS REYES C/ PATRICIA LORENA ZAPATA CASTILLO

Rol

Fecha

10 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos del Juez A quo, y considerando especialmente la inexistencia de un título que habilite la concurrencia del tipo penal del artículo 470 N° 1 del Código Penal, en cuanto a una obligación cierta y fehaciente de devolución de una suma de dinero, que en este caso particular apareció efectivamente entregada mediante un cheque endosado, pero como título traslaticio de dominio y no como una obligación propia de ser subsumida dentro de la ilegalidad de la norma citada precedentemente, SE CONFIRMA la resolución de fecha veinticuatro de enero del año dos mil veintidós, que decretó el sobreseimiento definitivo con costas, en virtud de los contemplado en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, respecto de la imputada doña Patricia Lorena Zapata Castillo. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-82-2022.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diez de febrero de dos mil veintidós. Al folio N° 10: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Al folio N° 11: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo los fundamentos del Juez A quo, y considerando especialmente la inexistencia de un título que habilite la concurrencia del tipo pe

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