JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE VALLENAR (LETRADO)

BANCO DE ESTADO DE CHILE/PAREDES

Rol

Fecha

9 de febrero de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación de sus

Fundamentos

fundamentos 12 y 13. SE TIENE EN SU LUGAR PRESENTE: 1°) Que no obstante haberse impetrado por el actor el resarcimiento del perjuicio extrapatrimonial experimentado, lo cierto es que no produjo prueba alguna que permitiera justificar los extremos de dicha pretensión, en cuanto a las circunstancias que lo conformarían, como tampoco su entidad y monto a que ascendería, al tenor de lo requerido en el punto N° 2 del auto de prueba respectivo, lo que impide tener por acreditada su existencia, considerando que el peso de la prueba corresponde a quien lo invoca y demanda, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil. 2°) Que en consecuencia, resulta improcedente condenar al pago de una indemnización por un daño moral no probado, por lo que en este capítulo se revocará la sentencia en alzada. Por lo ya razonado y visto además lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, 50 B de la Ley N° 19.496 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la sentencia apelada de fecha uno de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Policía Local de Vallenar, don Andrés Franco Yáñez, solo en cuanto en su resolutivo III acoge la demanda de indemnización de perjuicios por concepto de daño moral, declarando en cambio que ella se rechaza. SE CONFIRMA en lo demás apelado la citada sentencia, sin costas del recurso. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-44-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, nueve de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, previa eliminación de sus fundamentos 12 y 13. SE TIENE EN SU LUGAR PRESENTE: 1°) Que no obstante haberse impetrado por el actor el resarcimiento del perjuicio extrapatrimonial experimentado, lo cierto es que no produjo prueba alguna que permitiera justificar los extremos de dicha pretensió

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