MP C/ RIGOBERTO ALEJANDRO HUALA CANUMAN
Rol
Fecha
9 de febrero de 2022
Materia
VIOLACION DE SECRETOS.ART.246.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que hasta ahora se conocen; alegaciones de los intervinientes; estimándose que la medida cautelar de arraigo comunal decretada por el Juez del grado en contra de los imputados Rigoberto Alejandro Huala Canumán y Julio Alejandro Villarroel Rojas, aparece proporcionada, en relación a los ilícitos por los que se les ha formalizado, esto es, cohecho y violación de secreto, cuyas sanciones establecidas en nuestra legislación son las de reclusión menor en su grado medio y reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa, respectivamente, es decir, los delitos imputados no tienen asignada pena de crimen en la ley que los consagra, siendo, además, un hecho reconocido por el Ministerio Público que les favorecería a ambos encartados la atenuante de irreprochable conducta anterior, del artículo 11 N°6, del Código Penal, por lo que la medida decretada de arraigo comunal resulta adecuada y suficiente para asegurar los fines del procedimiento, por lo que se estima del caso, en consecuencia, no acceder a la petición del Consejo de Defensa del Estado y del Ministerio Público de decretar la medida cautelar de prisión preventiva en su contra; y de conformidad a lo establecido en los artículos 140 y 155 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de febrero de dos mil veintidós, en cuanto por ella se dispuso la medida de arraigo comunal en contra de los mencionados imputados, sin hacer lugar a la solicitud de los recurrentes de decretar la prisión preventiva a su respecto. Comuníquese y devuélvase. Rol N° 30-2022 y acumulada 31-2022 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, nueve de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que hasta ahora se conocen; alegaciones de los intervinientes; estimándose que la medida cautelar de arraigo comunal decretada por el Juez del grado en contra de los imputados Rigoberto Alejandro Huala Canumán y Julio Alejandro Villarroel Rojas, aparece proporcionada, en relación a los ilícitos
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