COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ORIENTE LIMITADA CON NAVARRO
Rol
Fecha
8 de febrero de 2022
Materia
ACCIONES REVOCATORIAS CONCURSALES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que el inciso 1° del artículo 291 de la Ley 20.720, establece: “Las acciones a que se refieren los dos Títulos precedentes deberán entablarse en el plazo de un año contado desde la Resolución de Reorganización, de Liquidación o de Admisibilidad, según corresponda, y se tramitarán con arreglo al procedimiento sumario, ante el tribunal que conoce o debiera conocer de los referidos procesos”. 2.- Que, conforme a dicha disposición, no se exige que las acciones revocatorias concursales sean tramitadas en el mismo ingreso del expediente del procedimiento concursal, sino sólo que deben ser tramitadas ante el tribunal que conoce de este último, sometido a las normas del procedimiento sumario, por lo que la acción revocatoria fue debidamente intentada, sin perjuicio de los efectos sistémicos que deba gestionar el tribunal para darle la tramitación que corresponda, lo que amerita revocar la resolución en alzada del modo que se dirá. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de catorce de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, en causa ROL C-887-2021, y en su lugar se ordena que el tribunal a quo deberá dar la tramitación que corresponda a la demanda intentada, debiendo generar la nomenclatura en el sistema de tramitación electrónico que corresponda a dichos fines. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 741-2021.Civil.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, ocho de febrero de dos mil veintidós. Vistos: 1.- Que el inciso 1° del artículo 291 de la Ley 20.720, establece: “Las acciones a que se refieren los dos Títulos precedentes deberán entablarse en el plazo de un año contado desde la Resolución de Reorganización, de Liquidación o de Admisibilidad, según corresponda, y se tramitarán con arreglo al procedimiento sumario, ant
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