1º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

CARTAGENA/MAULEN

Rol

Fecha

8 de febrero de 2022

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1.- Que la resolución recurrida – que no hizo lugar la petición de la demandante de oficiar a la Comisión Para el Mercado Financiero.- no se encuentra dentro de las hipótesis del artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, pues no establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de la sentencia definitiva. 2.- Que, por su parte, el artículo 188 del mismo código establece que “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley”, situación que tampoco ocurre en la especie, por lo que, atendida la naturaleza de la resolución apelada, no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución dictada el trece de enero de dos mil veintidós en causa rol C-760-2020 del Primer Juzgado de Letras de Talagante. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. ROL N° 126-2022-CIV.

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución dictada el trece de enero de dos mil veintidós en causa rol C-760-2020 del Primer Juzgado de Letras de Talagante. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. ROL N° 126-2022-CIV.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que revisado el SITCORTE, se pudo constatar que con el rol C-760-2020 del Primer Juzgado de Letras de Talagante registra ingreso en esta Corte, además del presente rol, el recurso N° 2150-2020 CIV que se encuentra fallado. San Miguel, 08 de febrero de 2022. Alejandra Soto Nilo, Relatora de Cuenta. CH(ASN) San Miguel, ocho de febrero de dos mil veintidós. Vistos: 1.- Que la resolución

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