1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CASTILLO/COLLU

Rol

Fecha

8 de febrero de 2022

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En estos autos RIT O-221-2020, RUC Nº 2040243015-0, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintitrés de marzo de dos mil veintiuno, la jueza de dicho tribunal doña Ximena López Avaria, acogió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las demandadas Grupo Visión Chile SpA y Fabrizio Collu Ratinoff, y acogió la demanda de despido indirecto y nulidad del despido interpuesta por Daniel Castillo Apariz en contra de Vision Corp Servicios de Marketing Limitada, declarando que entre el actor y esta última demandada se desarrolló una relación laboral desde el 1 de noviembre de 2010 al 3 de diciembre de 2019, que terminó por autodespido por falta de probidad e incumplimiento grave del empleador, por lo que la condena a pagar al actor las sumas que indica, sin costas. Contra ese fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, el que fundó en dos causales que refiere, las que interpone de manera conjunta: (i) causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración de los artículos 4, 446 N° 4 y 446 N° 5, todos del Código Laboral y; (ii) motivo de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el numeral 4 del artículo 459 del mismo estatuto, por lo que pide declarar nula la sentencia en cuanto acogió la excepción de falta de legitimación pasiva y rechazó la demanda, respecto de las demandadas Grupo Visión Chile SpA y Fabrizio Collu Ratinoff, y dictar la respectiva sentencia de reemplazo que acoja la demanda, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó la apoderada de la parte demandante.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante deduce como primera causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación a las normas arriba anotadas, explicando –previo contexto de los antecedentes del proceso –que el primer motivo para acoger la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las demandadas está asociado a la falta de precisión de la demanda en relación con una definición particular de la norma que se invoca (artículo 4° del Código del Trabajo) para sostener que las demandadas deben ser condenadas, en tanto el segundo motivo para acoger la excepción es la deficiencia de la parte petitoria de la demanda. Explica que la sentenciadora sostiene que el artículo 4 del Código del Trabajo “pretende mantener a salvo los derechos de los trabajadores cuando la propiedad de una empresa se modifica, de manera total o parcial, manteniendo la vigencia de la relación laboral con el o los nuevos empleadores, según establece la norma citada”, definición que estima infringe la propia norma en referencia, porque es una definición incompleta y

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, el que fundó en dos causales que refiere, las que interpone de manera conjunta: (i) causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando la vulneración de los artículos 4, 446 N° 4 y 446 N° 5, todos del Código Laboral y; (ii) motivo de nulidad del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el numeral 4 del artículo 459 del mismo estatuto, por lo que pide declarar nula la sentencia en cuanto acogió la excepción de falta de legitimación pasiva y rechazó la demanda, respecto de las demandadas Grupo Visión Chile SpA y Fabrizio Collu Ratinoff, y dictar la respectiva sentencia de reemplazo que acoja la demanda, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó la apoderada de la parte demandante. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante deduce como primera causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, por dictación de la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación a las normas arriba anotadas, explicando –previo contexto de los antecedentes del proceso –que el primer motivo para acoger la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las demandadas está asociado a la falta de precisión de la demanda en relación con una definición

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Santiago, ocho febrero de dos mil veintidós. VISTOS: En estos autos RIT O-221-2020, RUC Nº 2040243015-0, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de veintitrés de marzo de dos mil veintiuno, la jueza de dicho tribunal doña Ximena López Avaria, acogió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las demandadas Grupo Visión Chile SpA y Fabrizio Collu Ratinof

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