13º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

POZO/FIGUEROA

Rol

Fecha

8 de febrero de 2022

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente juicio se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial, que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por la demandada el treinta de diciembre de dos mil veintiuno, en contra de la resolución de diecisiete de diciembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1295-2022.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por la demandada el treinta de diciembre de dos mil veintiuno, en contra de la resolución de diecisiete de diciembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-1295-2022.

Texto Completo (Preview)

chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, ocho de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente juicio se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para

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