LLANCAO/ALBARRÁN
Rol
Fecha
7 de febrero de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: PRIMERO: Por resolución de fecha 14 de julio de 2021, del segundo juzgado civil de Temuco del cuaderno de excepciones dilatorias, se rechazó con costas las excepciones dilatorias opuestas por la demandada SOCIEDAD APICOLA LOS PRADOS SpA. representada por don ORLANDO ANTONIO MARDONES VERGARA. SEGUNDO: Que, la SOCIEDAD APICOLA LOS PRADOS SpA ha apelado de la referida sentencia en aquella parte que se la condenó al pago de las costas y que se acoge la excepción dilatoria del articulo 346 N° 6 del Código de Procedimiento Civil, en el sentido de corregir el procedimiento en cuanto a que el demandado es Sociedad Apícola Los Prados SpA, con costas. TERCERO: Que, en relación a la excepción del articulo 346 N° 6 del Código de Procedimiento Civil, que es la única que es el objeto de la apelación, en cuanto a que se debe corregir la demanda por haberse transformado la SOCIEDAD APICOLA LOS PRADOS LIMITADA, en la APICOLA LOS PRADOS SpA, debe considerarse que conforme al artículo 96 de la ley 18.046 la transformación es el cambio de especie o tipo social de una sociedad, efectuado por reforma de sus estatutos, subsistiendo su personalidad jurídica. CUARTO: Que, en este contexto, lo resuelto por la resolución recurrida se ajusta a derecho, ya que seguimos estando ante la misma persona jurídica, más allá de si se forma societaria ha sido transformada. QUINTO: Que, a mayor abundamiento, compartiéndose los
Fundamentos
fundamentos de la sentencia recurrida para rechazar las excepciones opuestas y condenar en costas a la recurrente, se confirma la sentencia recurrida. Que dado lo anterior y conforme a lo dispuesto en los Art. 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículo 96 de la ley 18.046 se confirma la resolución de fecha 14 de julio de 2021, que ha sido recurrida en estos autos. Regístrese y comuníquese. - Redacción de don Roberto Contreras Eddinger. Rol N°Civil-593-2021.(sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, siete de febrero de dos mil veintidós. Vistos: PRIMERO: Por resolución de fecha 14 de julio de 2021, del segundo juzgado civil de Temuco del cuaderno de excepciones dilatorias, se rechazó con costas las excepciones dilatorias opuestas por la demandada SOCIEDAD APICOLA LOS PRADOS SpA. representada por don ORLANDO ANTONIO MARDONES VERGARA. SEGUNDO: Que, la SOCIEDAD APICOLA L
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