SIN INFORMACION

SEPÚLVEDA/MAMANI

Rol

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece el abogado Juan Ramón Rojas, en representación de Ricardo Alejandro Sepúlveda Del Solar, empresario, con domicilio en Avenida Santa Cruz, Nº116 comuna de Valparaíso, y dedujo recurso de protección en contra de la sucesión hereditaria del causante Anselmo Mamani Mamani, cuyos herederos son Carolina del Carmen Mamani, Adelia Mamani Caceres, Erika Godoy Mamani, Patricio Godoy Mamani, Valentina Godoy Mamani y Anselmo Mamani Muñoz, por vulnerar su garantía constitucional del Nº24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala el recurrente que es dueño de un derecho de aprovechamiento de aguas consuntivos y permanentes, ubicado en la comuna de Camarones. Con un caudal de 20 litros por segundos. El pozo en cuestión se ubica al interior de un predio de propiedad de los recurrentes, como sucesión hereditaria, quienes creían que el pozo de agua y su derecho de aprovechamiento también era de su propiedad. Refiere que los recurridos, en especial doña Carolina Mamani Claro, realizaron de dicho pozo una extracción ilegal de aguas lo que fue sancionado por la Dirección General de Agua. Indica que intentó dialogar con los recurrido para fijar una indemnización y poder obtener una servidumbre de acueducto, sin embargo, los recurridos se han negado a conversar y específicamente doña Carolina Mamani Claro lo amenazó con “tapar el pozo de continuar con la intención de ejercer el derecho de aprovechamiento que le corresponde”, afectando de esta manera su garantía constitucional del Nº 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala como acción u omisión arbitraria e ilegal que efecto sus garantías constitucionales la amenaza de doña Carolina Mamani de tapar su pozo, lo que en caso de concretarse impedirá o al menos entorpecería su derecho de propiedad. Solicita que se acoja la presente acción constitucional, ordenando a los recurridos no cerrar, tapar, introducir sustancia toxicas en el pozo o ejercer cualquier acto que

Fallo

se declara: I.-Que SE RECHAZA el recurso de protección deducido por Ricardo Alejandro Sepúlveda Del Solar en contra de la sucesión hereditaria del causante Anselmo Mamani Mamani, cuyos herederos son Carolina del Carmen Mamani, Adelia Mamani Caceres, Erika Godoy Mamani, Patricio Godoy Mamani, Valentina Godoy Mamani y Anselmo Mamani Muñoz. II.-Que se deja sin efecto la orden de no innovar. Ofíciese. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 902-2021 Protección

Texto Completo (Preview)

Arica, siete de febrero de dos mil veintidós. VISTO: Comparece el abogado Juan Ramón Rojas, en representación de Ricardo Alejandro Sepúlveda Del Solar, empresario, con domicilio en Avenida Santa Cruz, Nº116 comuna de Valparaíso, y dedujo recurso de protección en contra de la sucesión hereditaria del causante Anselmo Mamani Mamani, cuyos herederos son Carolina del Carmen Mamani, Adelia Mamani Cace

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