SIN INFORMACION

FERRADA/RENOVACION NACIONAL

Rol

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece PATRICIO FERRADA MUÑOZ, Consejero General de Renovación Nacional, domiciliado en calle Castellón N° 933, de la comuna de Concepción e interpone recurso de protección en contra del Partido Político RENOVACION NACIONAL, Rut 71.395.000-9, representado por Rafael Prohens Espinosa, Presidente, ambos domiciliados en calle Antonio Varas 454, Providencia, Región Metropolitana. Refiere que es militante del partido político Renovación Nacional, y que en dicha calidad se interpusieron en su contra denuncias por infracciones a los deberes partidarios consagrados en el artículo 4 del Estatuto de Renovación Nacional, denuncias que se iniciaron las causas roles acumulados 16-VIII-2019, 39-VIII-2020, 04-VIII-2020 y 07-VIII-2020, las que fueron conocidas por el Tribunal Regional Metropolitano de Renovación Nacional, constituido como Tribunal de Primera instancia, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Tribunal Supremo aprobado por la Directiva Nacional el 22 de Enero de 2018. Este Tribunal dictó sentencia con fecha 23 de septiembre de 2020, aplicándole la sanción de suspensión de la militancia por el lapso de seis años. Agrega que apeló de la sentencia y tomó conocimiento como Tribunal de Segunda Instancia el Tribunal Supremo de Renovación Nacional y mediante sentencia de 15 de Diciembre de 2020 notificada a su parte el 21 del mismo mes y año, resolvió rebajar la sanción impuesta por el lapso de dos años. Para efectos del recurso señala que el Tribunal Regional Metropolitano, era incompetente para conocer del asunto que de manera injusta, arbitraria e ilegal, se materializó en el fallo apelado. En efecto, el DFL 4 de 6 de septiembre de 2017, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, en su artículo 32 inciso 1° establece que: “En cada una de las regiones donde esté constituido el partido existirá un tribunal regional, el que estará conformado y te

Fallo

fallo apelado. En efecto, el DFL 4 de 6 de septiembre de 2017, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603 Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, en su artículo 32 inciso 1° establece que: “En cada una de las regiones donde esté constituido el partido existirá un tribunal regional, el que estará conformado y tendrá las facultades que indiquen los respectivos estatutos.” El inciso 2° del citado artículo indica lo siguiente: “El tribunal regional conocerá en primera instancia y en relación al ámbito regional, de las materias contempladas en la normativa interna, y a lo menos las establecidas en las letras c), d), e), f) y g) del artículo precedente.” Las materias contempladas, en las letra d) dicen relación con d) Conocer y resolver las denuncias que se formulen contra afiliados al partido, sean o no autoridades de él, por actos de indisciplina o violatorios de la declaración de principios o de los estatutos, o por conductas indebidas que constituyan faltas a la ética o comprometan los intereses o el prestigio del partido. Afirma que el Tribunal Regional Metropolitano, no resultaba competente, para conocer los asuntos ventilados en la Región del Biobío, de donde es originario, militante y en donde ejercía cargos directivos. Por lo que al conocer el asunto y dictar sentencia como lo hizo el Tribunal Regional Metropolitano, deviene su actuación ilegal y realizada por una Comisión Especial, que infringe el artículo 19 N° 3, inciso 5° de l

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de febrero de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece PATRICIO FERRADA MUÑOZ, Consejero General de Renovación Nacional, domiciliado en calle Castellón N° 933, de la comuna de Concepción e interpone recurso de protección en contra del Partido Político RENOVACION NACIONAL, Rut 71.395.000-9, representado por Rafael Prohens Espinosa, President

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica