SIN INFORMACION

PAULA SUSANA CAMPOS MATAMOROS /MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Y CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO:     1°) Que comparece Marcelo Andrés Morales Valdés, egresado de derecho, domiciliado en calle Pedro Pablo Muñoz Nº 350, oficina F, La Serena, en favor de PAULA SUSANA CAMPOS MATAMOROS, RUN 10.753.390-7, asistente administrativa de la Policía de Investigaciones en situación de retiro, quien recurre de protección en contra del MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA representado legalmente por don Rodrigo Javier Delgado Mocarquer, psicólogo, y, asimismo, en contra de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, representada por Jorge Andrés Bermúdez Soto, abogado, por impedir a la recurrente percibir su pensión de retiro y desahucio, además, de la cobertura de salud atingente a su régimen previsional, vulnerando con ello los derechos consagrados en el artículo 19 Nº 9 y 24 de la Constitución Política de La República. Indica que la recurrente fue funcionaria de la Policía de Investigaciones de Chile, prestando servicios como asistente administrativa por casi 30 años. Señala que el 2 de septiembre de 2021 fue llamada a retiro a través de la resolución RA Nº 380/1346/2021 de la Dirección General, produciéndose su alejamiento efectivo el 31 de agosto de 2021. Explica que según lo dispuesto en el artículo 124 del Estatuto del Personal de la PDI, el personal con derecho a pensión de retiro que deba abandonar su servicio activo, continuará disfrutando de la totalidad de sus remuneraciones durante 4 meses. Refiere que el plazo de 4 meses venció en septiembre de 2021, correspondiendo a la Dirección Previsional de Carabineros de Chile comenzar a pagar su pensión de retiro. Alega que, vencido el plazo en cuestión, debían pagarle su desahucio conjuntamente con su pensión de retiro lo que no ocurrió. Indica que, pese a los intentos por contactarse con la autoridad, no ha recibido ninguna respuesta respecto del estado de sus pagos, lo que la mantiene en una situación económicamente compleja. A lo anterior, se suma el desamparo en materia de seguridad social en el que se encuentra, toda vez que no figura como imponente en DIPRECA. Estima que el actuar de las recurridas es arbitrario e ilegal atendido el carácter imperativo del citado artículo 124, el que impone a la Administración una obligación específica y un plazo determinado para cumplirla, esto es, el pago de la pensión transcurridos 4 meses desde que la situación de retiro se hizo efectiva. Arguye que la tramitación de la pensión de retiro es un procedimiento administrativo en el que intervienen las recurridas, iniciándose con la comunicación de la Policía de Investigaciones a la Unidad de Pensiones de la División de Gestión y modernización de las Policías del hecho de haberse dispuesto el retiro de un funcionario con derecho a pensión. Esta última, a su vez, debe gestionar el decreto de retiro respectivo y enviarlo a Contraloría General de la República para que tome razón del mismo. Finalmente, la contraloría debe enviar la documentación a la unidad de pensiones para que se proceda al pago de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de PAULA SUSANA CAMPOS MATAMOROS, en contra del MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA y de LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Regístrese, comuníquese y archívense, en su oportunidad. Rol N°87-2022.-Protección.-

Texto Completo (Preview)

Campos Matamoros, Paula Susana Ministerio del Interior y Seguridad Publica y otro Recurso de Protección Rol N°87-2022.- La Serena, siete de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO:     1°) Que comparece Marcelo Andrés Morales Valdés, egresado de derecho, domiciliado en calle Pedro Pablo Muñoz Nº 350, oficina F, La Serena, en favor de PAULA SUSANA CAMPOS MATAMOROS, RUN 10.753.390-7, asi

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