2º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE COQUIMBO

DEPTO DE INSP. MUNICIPAL/ CIA. MINERA ARQUERO S.A.

Rol

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO. Que con fecha 09 de julio de 2021 se dictó sentencia definitiva de primera instancia, en cuya virtud se condenó a Compañía Minera Arquero S.A., al pago de una multa de 3 U.T.M., como infractor de la norma contenida en el artículo 25 de la Ley 3.063 sobre Rentas Municipales. En contra de aquella se interpuso un recurso de apelación por parte de la sancionada, a fin de que este Tribunal de Alzada revoque la decisión del Tribunal A Quo y disponga la absolución de los cargos respectivos. SEGUNDO. Que cabe destacar que el litigio materia de este pronunciamiento tuvo como inicio una denuncia de parte del Departamento de Inspección Municipal de Coquimbo, fundado en que con fecha 29 de junio de 2021, en el marco de una fiscalización, se constató que Cía. Minera Arquero S.A. no cuenta con patente municipal en su oficina administrativa, o de administración, ubicada en Ruta D43 901, oficina 602, Barrio Industrial de Coquimbo, atribuyéndosele una infracción al artículo 23 de la señalada Ley 3.063 sobre Rentas Municipales. TERCERO: En primer término, cabe advertir que – como aparece de los autos y de lo ya expuesto- que se ha denunciado por una infracción al artículo 23 de la Ley 3.063, en tanto la sentencia definitiva ha tenido por constatada una infracción al artículo 25 del mismo cuerpo legal; normas que tratan sobre presupuestos diversos (la primera sobre cuales actividades están gravadas con la contribución de patente municipal; en tanto que la segunda, sobre el caso de aquellos contribuyentes que tengan sucursales, establecimientos, oficinas u otros, y el modo de cálculo del pago del tributo sobre el particular). Así, desde ya advierten estos sentenciadores una evidente transgresión a la Congruencia Procesal que debe existir entre la imputación original y el reproche condenatorio del juzgador, y además una afectación a la prerrogativa Constitucional del Debido Proceso, pues se ha condenado a un particular en base a una norma

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 32 de la Ley nº 18.287 y artículo 23 de la Ley nº 3.063, se declara: Que SE REVOCA la sentencia definitiva de primera instancia, de 09 de julio de 2021, y en su lugar se absuelve a Compañía Minera Arquero S.A. de los cargos objeto de la denuncia del Departamento de Inspección Municipal de Coquimbo nº 195, basado en el parte nº 51934. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del Abogado Integrante don Fernando Roco Pinto. Rol N° 169-2021 P. Local.

Texto Completo (Preview)

Depto. De Inspección Municipal de Coquimbo Cía. Minera Arquero S.A. Infracción a Ley de Rentas Municipales Rol N° 169-2021 (7057-2021 Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo) La Serena, siete de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO. Que con fecha 09 de julio de 2021 se dictó sentencia definitiva de primera instancia, en cuya virtud se condenó a Compañía M

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica