SIN INFORMACION

RIFFO GUERRA DANILO ALFREDO/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - CARABINEROS DE CHILE - SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Rol

Fecha

4 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que compareció el abogado don Inti Valentín Orozco Alvear, quien interpone acción de amparo constitucional, en favor de don Danilo Alfredo Riffo Guerra, cédula de identidad N° 9.255.084-2, frente a la grave perturbación y amenaza que representa para su derecho a la libertad personal y seguridad individual los actos ilegales y arbitrarios realizados por los funcionarios de Policía Internacional de la PDI, de Policía de Carabineros de Chile y del Registro Civil e Identificación, ya que sin contar con orden de Tribunal Competente, le han negado la salida del país, aduciendo tener orden de arraigo vigente, por causas terminadas y cumplidas, sin señalar Tribunal, delito y fecha. Funda su recurso, en que el amparado, no teniendo restricciones que le impidieran salir del país, según sostiene, programó un viaje a destino internacional viajar por trámites personales, enterándose que debía concurrir a Policía Internacional ya que tendría órdenes de arraigo vigentes, sin recibir mayores antecedentes. Refiere que la prohibición de salir del país, sin encontrarse sujeto a medidas cautelares que impidan su desplazamiento en forma libre, resulta arbitraria e ilegal, registrándose además dicho antecedente por el Registro Civil y por ende por Carabineros de Chile. Luego de individualizar las garantías que estima conculcadas y hacer referencia al principio de presunción de inocencia, solicita que se restablezca el imperio del derecho en el sentido de declarar que el intento de detención fue realizado en forma arbitraria e ilegal, como también cualquier orden de detención que emanara de otro Tribunal y que se ha dictado con vulneración de garantías constitucionales, ordenando su inmediato cese, o lo que esta Corte estime que en derecho corresponde. SEGUNDO: Que evacuando su informe el Servicio de Registro Civil e Identificación, señala que el amparado no registra a la fecha del documento, solicitudes de pasaporte pendiente, lo que constituye el p

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional interpuesta en favor de Danilo Alfredo Riffo Guerra, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, el Servicio de Registro Civil e Identificación y Carabineros de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-280-2022. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Elsa Barrientos Guerrero y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que compareció el abogado don Inti Valentín Orozco Alvear, quien interpone acción de amparo constitucional, en favor de don Danilo Alfredo Riffo Guerra, cédula de identidad N° 9.255.084-2, frente a la grave perturbación y amenaza que representa para su derecho a la libertad personal y seguridad

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