AGUAS DEL ALTIPLANO S.A. CON SOCIEDAD INGENIERIA EN ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS TECNOTANK LIMITADA
Rol
Fecha
4 de febrero de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Vistos: En cuanto al recurso de casación en la forma: Primero: Que sin perjuicio que de los antecedentes de la causa aparece que el recurrente no preparó el recurso al no impugnar la resolución que tuvo por acompañados los documentos en la forma que ahora cuestiona, lo que resulta suficiente para desestimar el recurso, esta Corte no hará uso de la facultad para casar de oficio la sentencia toda vez que ninguno de los documentos acompañados con citación emanaban de la parte en contra de quien se presenta, única circunstancia que hace aplicable el apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código Procedimiento Civil, por lo que el haber acompañado los documentos con citación, se ajusta a lo ordenado por el artículo 795 N° 5 del código antes mencionado, por lo que en definitiva el recurso de casación no puede prosperar. En cuanto al recurso de apelación: Segundo: Que el fallo apelado se encuentra ajustado a derecho y conforme con los antecedentes del proceso, por lo que corresponde confirmarlo. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 764 y siguientes y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: I.- Se rechaza el recurso de casación en la forma, deducido en presentación de 24 de septiembre de 2021. II.- Se confirma la sentencia apelada de dos de junio del año dos mil veintiuno, dictada en autos Rol C-2021-2016, por el Juzgado de Letras de Peñaflor. III.- Se condena a la parte recurrente a pagar las costas de ambos recursos. Regístrese y devuélvase. N° 1099-2021 Civil.
Fallo
fallo apelado se encuentra ajustado a derecho y conforme con los antecedentes del proceso, por lo que corresponde confirmarlo. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 764 y siguientes y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: I.- Se rechaza el recurso de casación en la forma, deducido en presentación de 24 de septiembre de 2021. II.- Se confirma la sentencia apelada de dos de junio del año dos mil veintiuno, dictada en autos Rol C-2021-2016, por el Juzgado de Letras de Peñaflor. III.- Se condena a la parte recurrente a pagar las costas de ambos recursos. Regístrese y devuélvase. N° 1099-2021 Civil.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó revocando el abogado señor Eduardo Marchant y confirmando el abogado señor Cristián Pincheira. San Miguel, 4 de febrero de 2022. Javiera López Ossandón, Relatora. (Hora de inicio 11:33 am. - hora de término 12:12 pm). San Miguel, cuatro de febrero de dos mil veintidós. Proveyendo escritos folios 6308 y 6456: A todo, Téngase presente. Vistos: En
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