JUZGADO DE LETRAS DE ILLAPEL

ELIAS GALLARDO CORTES, RAMON TAPIA SALINAS Y HECTOR SALINAS RAMIREZ

Rol

Fecha

4 de febrero de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil, estando el tribunal facultado para realizar la audiencia requerida por vías remotas, como fuere requerido por el peticionario en la gestión voluntaria, y visto lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del mismo cuerpo legal, SE REVOCA, la resolución de fecha dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno, íntegramente transcrita en la carpeta digital, y en su lugar se decide, que el tribunal a quo deberá dar curso a la petición del solicitante fijando la fecha de realización del comparendo respectivo, el que deberá verificarse a través de la plataforma virtual que corresponda. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1028-2021.- Civil.-

Fallo

se decide, que el tribunal a quo deberá dar curso a la petición del solicitante fijando la fecha de realización del comparendo respectivo, el que deberá verificarse a través de la plataforma virtual que corresponda. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1028-2021.- Civil.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, cuatro de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 77 bis del Código de Procedimiento Civil, estando el tribunal facultado para realizar la audiencia requerida por vías remotas, como fuere requerido por el peticionario en la gestión voluntaria, y visto lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del mismo cuerpo legal,

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