NANCY DEL CARMEN QUIROZ CONTRERAS EN FAVOR DE RODRIGO ANIBAL CRUZ QUIROZ CONTRA GENDARMERIA
Rol
Fecha
4 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece doña Nancy del Carmen Quiroz Contreras, dueña de casa, quien deduce acción de amparo en favor de su hijo, Rodrigo Aníbal Cruz Quiroz, en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado, recluido en Centro Penitenciario de Alto Hospicio, se encuentra actualmente en el Hospital de la calle (sic), grave y mal herido. Añade que ha sido trasladado en diversas oportunidades, a distintos centros, de Puente Alto a Valparaíso y posteriormente a Alto Hospicio. Concluye solicitando su traslado al Centro Penitenciario de Rancagua, por seguridad, afirmando que corre riesgo su vida. Evacuando informe don Rodrigo Salinas Robles, Teniente Coronel de Gendarmería, Director Regional de Tarapacá (S), refiere que el amparado se encuentra cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio, y actualmente internado en el Hospital Regional de Iquique, debido a heridas provocadas por la agresión sufrida el pasado 29 de enero, por parte de otro interno del penal, siendo conducido en dicha oportunidad, al área de salud del Complejo Penitenciario, donde resultó con diagnóstico de “torax posterior herida cortante en región subespecular izquierdo”, determinándose su traslado al Hospital Regional de Iquique, situación que fue informada a la Fiscal de Turno de la Fiscalía Local de Alto Hospicio. Seguidamente, en cuanto a la solicitud de traslado del interno al Complejo Penitenciario de Rancagua, indica que se activarán los protocolos respectivos a fin de consultar la factibilidad técnica de dicho traslado, lo cual depende del Departamento de Control Penitenciario de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile. Acompaña documentos para atestiguar sobre sus planteamientos. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 21 de la Constitución Política establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Conforme a lo expuesto en la presentación efectuada por la recurrente, así como en el informe evacuado por Gendarmería de Chile, no es posible a esta Corte determinar la existencia de algún hecho, acto, o conducta, de parte de la accionada, que cumpla con el estándar de la norma constitucional impetrada, ya que según informa el recurrido, se han adoptado medidas concretas en favor del amparado, tales como su internación en el Hospital Regional lo que supone que se encuentra atendido desde el punto de vista médico, y respecto de la alegación relativa a su traslado, la recurrida dio cuenta que se está revisando la situación, lo que lleva a rechazar la acción de amparo deducida.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo presentada en favor de Rodrigo Aníbal Cruz Quiroz. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 25-2022 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Iquique, cuatro de febrero de dos mil veintidós. VISTO: Comparece doña Nancy del Carmen Quiroz Contreras, dueña de casa, quien deduce acción de amparo en favor de su hijo, Rodrigo Aníbal Cruz Quiroz, en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado, recluido en Centro Penitenciario de Alto Hospicio, se encuentra actualmente en el Hospital de la calle (sic), grave y mal herido. Añade que
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica