JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE MULCHEN

IMPUTADO: ALEXANDER ALEXIS ABARCA AEDO, CARLOS ALBERTO PHILLIP GONZALEZ

Rol

Fecha

4 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que, la defensa del imputado Alexander Abarca Aedo ha interpuesto recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Mulchén, que rechazó su petición en orden a dictar sobreseimiento definitivo y total de esta causa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 letra e) del Código Procesal Penal. Alega, que el 27 de septiembre de 2021, en circunstancias que su representado conducía a altas horas de la madrugada un vehículo de propiedad de su tío, fue interceptado y fiscalizado por Carabineros de Chile pertenecientes a la Tenencia de Carretera de Biobío y por funcionarios del OS7 que se encontraban en el lugar, junto a un canino empleado en la detección de drogas, realizando control preventivo de salvoconductos en contexto de pandemia. Debido a dicha fiscalización y por la declaración de uno de los ocupantes del móvil, vale decir, de Carlos Phillips González la policía encontró droga, lo que condujo a la detención de su representado. Estima, en síntesis, que la referida actuación de la policía fue ilegal, porque carece de facultades para investigar autónomamente, pues no contaban con autorización del Juzgado de Garantía para hacer uso de perros adiestrados, de lo que deduce que Carabineros y la Fiscalía, se han valido de prueba ilícita para detener a Abarca Aedo. Pide se revoque la resolución recurrida, “por ser ilegal la detención de ambos imputados en esta causa, contaminarse la droga incautada como prueba y haberse contaminado por la policía y fiscalía la cadena de custodia de la misma, atendida la naturaleza de ilegalidad” (sic), y se dicte el sobreseimiento definitivo y total de la causa, con costas. SEGUNDO: Que, antes que todo se debe recordar que la causal de sobreseimiento definitivo contemplada en el artículo 250 letra e) del Código Procesal Penal dispone: “El juez de garantía decretará el sobreseimiento definitivo: (…) e) Cuando sobreviniere un hecho que, con arreglo a la ley, pusiere fin a dicha responsabilidad,” (…). TERCERO: Que, en consecuencia, los hechos en que la defensa sustenta su petición de sobreseimiento no constituyen la causal que invoca, sino que apuntan a una supuesta ilegalidad de la detención del imputado. En relación con lo anterior, consta de los antecedentes de la causa, que el 27 de septiembre de 2021 Alexander Abarca Aedo y Carlos Phillips González fueron llevados al Juzgado de Garantía de Mulchén donde se realizó la audiencia de control de la detención y formalización. La defensa no cuestionó la legalidad de la detención y acto seguido, los imputados fueron formalizados por el Ministerio Público quien les atribuyó la calidad de autores de tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación con el 1° de la Ley N° 20.000. En síntesis, los imputados fueron sorprendidos el 27 de septiembre de 2021 aproximadamente a las 04; 00 horas de la madrugada, cuando se movilizaban a bordo de un vehículo motorizado, guardando, teniendo,

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 253 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada por el Juzgado de Garantía de Mulchén en los autos RIT 1- 738-2021, RUC N° 2100866667-6, en audiencia de once de enero último, que rechazó sobreseer total y definitivamente esta causa. Comuníquese en la audiencia fijada al efecto y devuélvase. Redactó la Ministra Valentina Salvo Oviedo. ROL N° 55 -2022

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción mfv Concepción, cuatro de febrero de dos mil veintidós. Visto y considerando: PRIMERO: Que, la defensa del imputado Alexander Abarca Aedo ha interpuesto recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Mulchén, que rechazó su petición en orden a dictar sobreseimiento definitivo y total de esta causa, de acuerdo con lo dispuesto en el artícul

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