MINISTERIO PUBLICO C/ RENATO ANDRES GONZALEZ PADILLA
Rol
Fecha
3 de febrero de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que en la especie concurren todos y cada uno de los requisitos que consigna el artículo 140 del Código Procesal Penal y en relación al que establece la letra c) se estima que la libertad de los imputados, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, habida consideración, a la gravedad de la pena asignada al delito, las circunstancias y modalidades en que éste se perpetró, el haber actuado en grupo o pandilla y respecto del imputado González Padilla estar sujeto a una medida cautelar, de lo cual se infiere que por ahora la medida cautelar de internación provisoria resulta proporcional y necesaria para los fines de este procedimiento, SE CONFIRMA la resolución de veintisiete de enero del presente año, que decretó la referida medida cautelar respecto de los imputados Renato Andrés González Padilla y Matías Alberto Vargas Quinzacara, dictada en la causa RIT O-509-2022, RUC N° 2200090690-9, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 47-2022 Penal.
Texto Completo (Preview)
Arica, tres de febrero de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que en la especie concurren todos y cada uno de los requisitos que consigna el artículo 140 del Código Procesal Penal y en relación al que establece la letra c) se estima que la libertad de los imputados, constituye un peligro para l
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