JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE RIO BUENO

MORALES/MORALES

Rol

Fecha

3 de febrero de 2022

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que al tenor de los artículos 653 y 655 del Código de Procedimiento Civil, el derecho a poner término al goce gratuito de alguno o algunos de los comuneros sobre la cosa común puede ejercerse ante el juez partidor, cuando ya se ha constituido el juicio particional, o bien, ante la justicia ordinaria, cuando aún no se ha constituido; y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA la resolución apelada de diez de enero de dos mil veintidós y, en su lugar, se declara que el Juez a quo deberá proveer la demandada como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-46-2022.

Fallo

se declara que el Juez a quo deberá proveer la demandada como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-46-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, tres de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: Que al tenor de los artículos 653 y 655 del Código de Procedimiento Civil, el derecho a poner término al goce gratuito de alguno o algunos de los comuneros sobre la cosa común puede ejercerse ante el juez partidor, cuando ya se ha constituido el juicio particional, o bien, ante la justicia ordinaria, cuando aún no se ha cons

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica