RONICKOLISTIN / POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
3 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Alexandra Molina Ricaurte, abogada, domiciliada en calle Camino del Roble 1790, casa 65, comuna de Huechuraba e interpone acción de amparo constitucional en favor del ciudadano de nacionalidad Haitiana RONICK OLISTIN, cedula nacional de identidad número 25.822.310-1, en contra de la POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, por el acto arbitrario e ilegal consistente en rechazar el ingreso al territorio nacional acontecido desde el 23 de enero de 2022. Refiere que RONICK OLISTIN ya individualizado, vivía en su país natal Haití, sin embargo ante su precaria situación, pues debido a la crisis social, política y económica imperante, no podían costear su alimentación, no tenían oportunidades de trabajo ni podía progresar. Debido a la situación descrita, decide ingresar al país hace aproximadamente cuatro años. Agrega que en el año 2019 solicita una segunda visa temporaria condición titular N°1238891 la cual tiene una vigencia de un año, desde agosto 2019 hasta agosto 2020, por medio de esta visa se le permite trabajar y establece en el país, al adquirir la calidad de residente. Añade que producto de la pandemia RONICK OLISTIN sale del país, en el mes de agosto del año 2021 e ingresa por vía aérea en un vuelo de la compañía SKY, arribando a la ciudad de Santiago el día 23 de enero del presente año. Explica que es en este arribo, donde es retenido por la PDI, quien señala que no existe registro de salida del país, ya que don RONICK OLISTIN, sale del país por paso no habilitado en agosto del año 2021 por Iquique. Además de lo expuesto, se le manifiesta que la negativa del ingreso al país, es en base a que él no tiene la calidad de residente. En virtud de lo señalado, es que RONICK OLISTIN presenta su solicitud de permanecía definitiva realizada ante Servicio Nacional de Migración folio 21879005 código de verificación (vigente) “pvoq9spodf91” la cual por el hecho de emitirse otorga la calidad de residente. A pesar de ello, PDI le
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida en favor de don Ronick Olistin en contra de la Policía de Investigaciones. Regístrese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 291-2022 (Amparo)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de febrero de dos mil veintidós. A los folios 14 y 15: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Alexandra Molina Ricaurte, abogada, domiciliada en calle Camino del Roble 1790, casa 65, comuna de Huechuraba e interpone acción de amparo constitucional en favor del ciudadano de nacionalidad Haitiana RONICK OLISTIN, cedula nacional de identidad
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