LARA/PINEDA
Rol
Fecha
3 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que la señora Sandra Elizabeth Lara Vidal, en favor de su madre doña Eliza del Carmen Vidal Leiva, deduce recurso de protección en contra de su hermano Gabriel Sigfredo Pineda Vidal, fundado en que doña Elisa tiene 84 años, de quien se hizo cargo el año 2017, arrendándole una casa, decidiendo el año 2019 trasladarla a un hogar familiar en San José de la Mariquina. Dicha institución le solicitó el 24 de noviembre de 2021 retirar a su madre antes del 10 de diciembre pasado, por sus cambios drásticos y complicados de carácter y ciertas alucinaciones ocurridas en el hogar. Afirma que no se puede hacerse cargo de su madre, debido a que el año 2020 le diagnosticaron cáncer de mama, expresando que se afecta la garantía fundamental del artículo 19 N° 1 de la Constitución Política, por lo que pide que el recurrido se haga cargo de su madre doña Elisa del Carmen Vidal Leiva. Segundo: Que, el recurrido informó al tenor del recurso, señalando que no ha existido infracción, ya que si se ha preocupado de su madre, pero no puede hacerse cargo al vivir con escasos recursos en un inmueble rural, siendo su hermana quien percibe la jubilación de su madre y la renta de un inmueble que tiene la madre en usufructo. Tercero: Que doña Elisa del Carmen Vidal Leiva, tiene 84 años y que doña Sandra y don Gabriel son hijos de la primera, debiendo analizarse si se conculca la garantía fundamental del numeral 1 del artículo 19 de la Constitución Política, esto es el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, debido a que doña Sandra expresa que no puede hacerse cargo de su madre y pide que sea su hermano quien se haga cargo de sus cuidados. Cuarto: Que se trajo a discusión en esta Corte cuál de los hijos debe continuar con el cuidado de la madre y quien recurre afirma que ella se encuentra con esa carga desde 2017, pero por
Fundamentos
motivos de salud no puede continuar en lo mismo y que ahora debe asumir su hermano, quien se excusa, por las razones dichas precedentemente. Quinto: Que, la Excelentísima Corte Suprema ha señalado que “según se deduce de lo dispuesto en el artículo 20 de la Carta Fundamental, la denominada acción o recurso de protección requiere para su configuración la concurrencia copulativa de los siguientes presupuestos: a) Una conducta -por acción u omisión- ilegal o arbitraria; b) La afectación, expresada en privación, perturbación o amenaza, del legítimo ejercicio referido a determinados derechos esenciales garantizados en la misma Constitución y que se indican en el mencionado precepto; c) Relación de causalidad entre el comportamiento antijurídico y el agravio a la garantía constitucional; y d) Posibilidad del órgano jurisdiccional ante el cual se plantea de adoptar medidas de protección o cautela adecuadas, para resguardar el legítimo ejercicio del derecho afectado” (entre otras, sentencia dictada el 16 de mayo de 2019 en causa rol 78-2019). Sexto: Queda en evidencia la infracción constitucional que se denuncia no es tal -no se ha probado ni ilegalidad ni arbitrariedad- se trata de un lamentable desacuerdo entre hermanos sobre el cuidado de la madre y, en estas circunstancias, ésta acción no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección interpuesto por la señora Sandra Elizabeth Lara Vidal, en favor de su madre doña Eliza del Carmen Vidal Leiva, en contra de Gabriel Sigfredo Pineda Vidal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro Titular señor Juan Ignacio Correa Rosado. N°Protección-2438-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, tres de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que la señora Sandra Elizabeth Lara Vidal, en favor de su madre doña Eliza del Carmen Vidal Leiva, deduce recurso de protección en contra de su hermano Gabriel Sigfredo Pineda Vidal, fundado en que doña Elisa tiene 84 años, de quien se hizo cargo el año 2017, arrendándole una casa, decidiendo el
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