RIVERA BAEZA LAUTARO/ FISCO DE CHILE, CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO - (LTE) ( REASIGNADA DE SRA. CLAUDIA VELOSO )
Rol
Fecha
3 de febrero de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
DEL ACUERDO-REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos décimo sexto a vigésimo segundo, todos los cuales son eliminados. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: En lo que concierne a la excepción de prescripción opuesta por el Fisco de Chile, aceptada en el
Fallo
fallo de primer grado, esta Corte adscribe a la doctrina sentada por la Excma. Corte Suprema en su sentencia de 29 de abril de 2015, recaída en la causa Rol N° 24.558.014. En dicha resolución se entregan, en lo pertinente, las reflexiones que se transcriben a continuación: “(…) Octavo: Que, en la especie, las acciones civiles deducidas en este proceso contra del Fisco tendientes a obtener la reparación íntegra de los perjuicios ocasionados encuentran su fundamento en los principios generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y consagración normativa en los tratados internacionales ratificados por Chile, los cuales obligan al Estado de Chile a reconocer y proteger este derecho a la reparación íntegra, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 5° y en el artículo 6° de la Constitución Política. Por su parte los artículos 1.1 y 63.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos consagran que la responsabilidad del Estado por esta clase de ilícitos queda sujeta a reglas de Derecho Internacional, las que no pueden ser incumplidas a pretexto de hacer primar otros preceptos de derecho interno, pues si se verifica un hecho ilícito imputable a un Estado surge de inmediato la responsabilidad internacional de éste por la violación de una norma internacional, con el consecuente deber de reparación y de hacer cesar las consecuencias de la violación. Noveno: Que estas normas de rango superior imponen un límite y un deber de actuación a los poderes públi
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de febrero de dos mil veintidós. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos décimo sexto a vigésimo segundo, todos los cuales son eliminados. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: En lo que concierne a la excepción de prescripción opuesta por el Fisco de Chile, aceptada en el fallo de primer grado, esta Corte adscr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica