ARTEAGA OLIVAR CESAR ADOLFO/BELLOLIO AVARIA ALVARO
Rol
Fecha
2 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Juan Pablo Núñez Moya, en favor de César Adolfo Arteaga Olivar, venezolano, interponiendo acción de amparo en contra de la Resolución N° 21520272, de 29 diciembre 2021, que rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada por el recurrente por no cumplir con requisitos documentales, específicamente, el certificado de antecedentes del país de origen debidamente legalizado o apostillado y decretó su expulsión dentro del plazo de 30 días a contar de la notificación. Señala que el día 26 de agosto de 2016, el amparado ingresó con visa de turista a nuestro país, en compañía de su pareja, Leidy Dayana García Gallardo; posteriormente entró a trabajar como panadero en la empresa Walmart Chile S.A. durante 6 meses, siendo ingresado al sistema de AFP y actualmente se desempeña como vendedor en la empresa Representaciones Exclusivas Ltda. También indica que tiene un hijo, de nacionalidad chilena, y sus padres también están en Chile viviendo con su familia, por lo cual los ingresos del grupo familiar, dado que su pareja también trabaja, ascienden a $1.020.000. Indica que, por un error involuntario, adjuntó mal el documento de certificado de antecedentes penales exigido por la recurrida para optar a la visa definitiva (sic), por lo que su solicitud fue rechazada, indicándose que el documento era erróneo y falso y, habiéndosele dado un plazo exiguo de 3 días para subsanar los defectos, ello le fue imposible, por cuanto la demora en los trámites y documentos en Venezuela, es demasiada. El plazo para adjuntar el documento correspondiente, venció el día 4 de enero del presente año. Sostiene que, dado que no cumplió con el requisito antedicho, se decretó orden de expulsión en contra, acto contra el cual recurre, solicitando se deje sin efecto la Resolución Exenta de fecha 29 de diciembre de 2021, que decreta su expulsión. Acompañó varios documentos que apoyan su recurso. Segundo: Que informó el abogado Nico
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, más lo previsto en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto en favor de César Adolfo Arteaga Olivar en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.- Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 260-2022.- Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Tomas Gray Gariazzo, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Ministro (S) señora Maria Ines Lausen Montt.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de febrero de dos mil veintidós. A los escritos folios 13, 14 y 15: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Juan Pablo Núñez Moya, en favor de César Adolfo Arteaga Olivar, venezolano, interponiendo acción de amparo en contra de la Resolución N° 21520272, de 29 diciembre 2021, que rechazó la solicitud de regularización
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