BANCO SANTANDER CHILE/ESPINOZA
Rol
Fecha
9 de febrero de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el diecinueve de agosto del año dos mil veintiuno, en contra de la resolución de fecha diecisiete de agosto del mismo año. hcm Regístrese y devuélvase. N°Civil-580-2022.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio el diecinueve de agosto del año dos mil veintiuno, en contra de la resolución de fecha diecisiete de agosto del mismo año. hcm Regístrese y devuélvase. N°Civil-580-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, nueve de febrero de dos mil veintidós. Advirtiendo esta Sala Tramitadora un error en la resolución del tribunal a quo que concede el recurso que incide en estos autos, respecto al mes de su interposición, se procede, sin perjuicio de ello, a darle curso en el siguiente sentido: Al folio N° 5, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente:
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