PARRAGUEZ/NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) A LA VISTA INGRESO CORTE N° 11782-2021.
Rol
Fecha
31 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1).- Que a folio 1, la abogada Paulina Gálvez Oliva, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 23 de diciembre de 2021, fundado en que la señora Jueza del Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago concedió en el sólo efecto devolutivo la apelación deducida por la demandada contra la sentencia que falla un incidente de cobro de honorarios, debiendo haberse concedido en ambos efectos. Indica que el artículo 697 del Código de Procedimiento Civil establece que para el cobro de honorarios se puede demandar en juicio sumario o en el mismo juicio donde se prestaron los servicios profesionales, a través de la tramitación incidental. De ello no puede desprenderse que el cobro de honorarios sea un incidente. La sentencia que resuelve la demanda de cobro de honorarios es una sentencia definitiva y no una interlocutoria. Estima que el propio tribunal reconoció que es un juicio declarativo y no un incidente, toda vez que ordenó notificar la citada sentencia por cédula a su parte y no por el estado diario, como lo habría hecho en caso de haber sido una sentencia incidental. Finaliza solicitando que se acoja el recurso de hecho señalando que el recurso de apelación deducido por su parte debe concederse en ambos efectos. 2).- Que este tribunal estima que el recurso de que se trata fue correctamente concedido, al hacerse como se hizo por el tribunal a quo, en el solo efecto devolutivo, toda vez que la resolución apelada tiene la naturaleza de una sentencia interlocutoria, razón por la cual prima la norma establecida en el artículo 194 N° 2 del Código de Procedimiento Civil. Y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 194 N°2 y 196 del citado Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho de fojas 1. Déjese copia de lo resuelto en causa Ingreso Corte Civil N°11.782-2021 a fin de continuar con la tramitación de dichos autos. Archívese. Nº12058-2021.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1).- Que a folio 1, la abogada Paulina Gálvez Oliva, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 23 de diciembre de 2021, fundado en que la señora Jueza del Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago concedió en el sólo efecto devolutivo la apelación deducida por la demandada contra la
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