JUZGADO DE LETRAS DE COLINA

HERRERA/POLYTEX S.A. * - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

31 de enero de 2022

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En estos antecedentes RIT T-69-2020 del Juzgado de Letras de Colina, el juez suplente señor Diego Jorquera Morales, por sentencia de fecha 5 de marzo de 2021, rechazó la acción de tutela de derechos fundamentales y acogió la acción subsidiaria de despido injustificado y cobro de prestaciones intentada por el señor EDUARDO FRANCISCO HERRERA MUÑOZ en contra de POLYTEX S.A. En contra de esta decisión la parte denunciante interpuso recurso de nulidad que fundó en la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 N° 4 del mismo texto legal. Solicita se anule la sentencia y dicte fallo de reemplazo que declare que acoge en todas sus partes la denuncia señalada, con costas. Declarado admisible el recurso, comparecieron los abogados de ambas partes mediante video conferencia y fueron escuchados sus alegatos.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, el recurrente invoca como único motivo de nulidad la causal contemplada en el artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, no contener la sentencia el análisis de toda la prueba rendida. Argumenta para ello que el vicio se produce, por cuanto el

Fallo

fallo de reemplazo que declare que acoge en todas sus partes la denuncia señalada, con costas. Declarado admisible el recurso, comparecieron los abogados de ambas partes mediante video conferencia y fueron escuchados sus alegatos. Considerando: Primero: Que, el recurrente invoca como único motivo de nulidad la causal contemplada en el artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, no contener la sentencia el análisis de toda la prueba rendida. Argumenta para ello que el vicio se produce, por cuanto el fallo impugnado dejó de analizar los medios de prueba y no señala las razones por las que la prueba rendida por la actora se estimó insuficiente para acreditar la vulneración de derechos, en consecuencia, hay una falta de fundamentación y de la lectura de la sentencia no puede comprenderse, como se tuvo por acreditado el despido injustificado del actor y no se tuvo por probada la vulneración de derechos fundamentales. Vicio que, a su juicio, tiene influencia sustancial en la decisión, pues no se considera lo relativo a las actuaciones de los compañeros de trabajo y del empleador en relación con la vulneración de los derechos del trabajador, pues tras presentar síntomas de COVID 19 (que presumiblemente contrajo en la empresa demandada) fue derivado el mismo día a la Mutual de Seguridad a fin de ser examinado y se le otorgó licencia médica de 14 días desde el 13 al 26 de abril de 2020. Tras ser confirmado su diagnóstico por el Insti

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Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintidós. Visto: En estos antecedentes RIT T-69-2020 del Juzgado de Letras de Colina, el juez suplente señor Diego Jorquera Morales, por sentencia de fecha 5 de marzo de 2021, rechazó la acción de tutela de derechos fundamentales y acogió la acción subsidiaria de despido injustificado y cobro de prestaciones intentada por el señor EDUARDO FRANCISCO HER

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