JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPA C/ MARIA ISABEL STUARDO ESPINOZA

Rol

Fecha

31 de enero de 2022

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Teniendo en consideración que de acuerdo a los antecedentes y a lo establecido, específicamente, en el artículo 96 de Código Penal, en el presente caso no ha transcurrido el plazo de prescripción de la acción penal, por cuanto desde la comisión del hecho, esto es, el once de julio de dos mil dieciséis y la fecha de presentación de la querella, el once de marzo de dos mil veinte, no ha transcurrido el plazo de cinco años a que se refiere el artículo 94 del mismo código por lo que, se revoca la resolución apelada de trece de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso y en su lugar se declara que se deberá continuar con la tramitación de la causa. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Leonardo Aravena Reyes, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y de lo dispuesto en el artículo 248 inciso final del Código Procesal Penal, norma que da a entender que la interrupción y suspensión de la acción penal, se verifica cuando ocurre la formalización de la investigación en el procedimiento contra el imputado, habiendo transcurrido , en la especie, el plazo de prescripción del artículo 94 del Código Penal. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2010014709-3, RIT 2327-2020. NºPenal-2788-2021.-

Fallo

se declara que se deberá continuar con la tramitación de la causa. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Leonardo Aravena Reyes, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos y de lo dispuesto en el artículo 248 inciso final del Código Procesal Penal, norma que da a entender que la interrupción y suspensión de la acción penal, se verifica cuando ocurre la formalización de la investigación en el procedimiento contra el imputado, habiendo transcurrido , en la especie, el plazo de prescripción del artículo 94 del Código Penal. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2010014709-3, RIT 2327-2020. NºPenal-2788-2021.-

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a treinta y uno de enero de dos mil veintidós, a las 10:10 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto e integrada por el Ministro Suplente Sr. Leonardo Aravena Rey

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