18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

IBÁÑEZ/BESALCO S.A.

Rol

Fecha

28 de enero de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, las excepciones dilatorias se tramitaran como incidentes; asimismo, el artículo 90 del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, razón por la cual, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la demandada Besalco S.A., con fecha trece de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha siete de enero de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-757-2022.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la demandada Besalco S.A., con fecha trece de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha siete de enero de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-757-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de enero de dos mil veintidós.-cmos- A los folios 3 y 4 : estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, las excepciones dilatorias se tramitaran como incidentes; asimismo, el artículo 90 del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión

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