IBÁÑEZ/BESALCO S.A.
Rol
Fecha
28 de enero de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, las excepciones dilatorias se tramitaran como incidentes; asimismo, el artículo 90 del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, razón por la cual, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la demandada Besalco S.A., con fecha trece de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha siete de enero de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-757-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la demandada Besalco S.A., con fecha trece de enero pasado, en contra de la resolución dictada con fecha siete de enero de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-757-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de enero de dos mil veintidós.-cmos- A los folios 3 y 4 : estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, las excepciones dilatorias se tramitaran como incidentes; asimismo, el artículo 90 del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión
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