1º JUZGADO DE LETRAS DE RENGO

MUÑOZ CON MUÑOZ

Rol

Fecha

28 de enero de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: 1.- Que, para rechazar el incidente de abandono del procedimiento, cabe tener en consideración, además, que desde la última resolución que el demandado señala como útil, esto es, la de 26 de enero de 2021, en la que se cita a las partes a audiencia de conciliación, no transcurrieron en el proceso más de seis meses sin que las partes realizaran actuación alguna en el mismo, por cuanto además de que el demandante efectuó diversas presentaciones destinadas a llevar a cabo la audiencia de conciliación, fue el propio demandado el que pidió la nulidad de la audiencia realizada el 8 de febrero de 2021 y la circunstancia que el tribunal con fecha 6 de mayo de 2021 haya acogido dicha nulidad, no implica que lo obrado por el demandante carezca de utilidad para dar curso progresivo a los autos. 2.- Que, en este mismo sentido se ha pronunciado la Corte Suprema, en el Rol 18415-2015, al señalar: “Que, en la especie, sin perjuicio de que el tribunal de primer grado por resolución de 14 de abril de 2015, escrita a fojas 340, acogió el incidente de nulidad deducido por la demandada respecto de la audiencia de conciliación en la causa acumulada Rol C-7156-2011, las actuaciones que el demandante de dicho proceso realizó en el expediente con el propósito de llevar a cabo dicha etapa del procedimiento dentro del plazo del abandono, no por ello dejan de tener el carácter de útiles en los términos que exige el artículo 152 del código adjetivo, pues el instituto procesal que se examina, como sanción de pérdida del procedimiento, atiende al cese efectivo en la prosecución del juicio, es decir, a la negativa del litigante a utilizar los medios que la ley le otorga para instar por la terminación del pleito”. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de doce de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Rengo, en causa ROL C-2349-2020

Texto Completo (Preview)

//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, veintiocho de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo además presente: 1.- Que, para rechazar el incidente de abandono del procedimiento, cabe tener en consideración, además, que desde la última resolución que el demandado señala como útil, esto es, la de 26 de enero de 2021, en la que se cita a las partes a audiencia de conciliación, no transcurrieron en e

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