DEL VALLE CASTILLO MARIO LEONARDO / GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
28 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Jennifer Huicapan Castillo, en favor de Mario del Valle Castillo, interno actualmente recluido en el CCP Colina II, en contra de Gendarmería de Chile, por el actuar ilegal y arbitrario consistente en la demora en el traslado del amparado del lugar de reclusión actual, vulnerando con ello el derecho de libertad personal del amparado, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado, su hermano, sufre constantes amenazas de muerte por varios reclusos, situación que no le permite circular libremente por el recinto penal; además de acciones concretas de daño a su integridad física, como cortes y estocadas, situación por la que fue llevado herido al Centro médico del mismo penal y a un hospital externo cuyo nombre no recuerda, donde fue operado producto de las lesiones recibidas. Por todo lo anterior, solicita sea acogida la presente acción de amparo constitucional en favor del amparo, reestableciéndose el imperio del derecho, decretándose que se tomen las medidas pertinentes, para asegurar el resguardo de su integridad física y solicito además traslado a recinto penitenciario ubicado en Puente Alto. Segundo: Que evacuó informe la recurrida , señalando que de acuerdo a la declaración prestada voluntariamente por el amparado con fecha 21 enero 2022, manifiesta en síntesis que tiene problemas dentro del penal, que no puede estar en ningún módulo y en el módulo N°09 fue agredido por otros internos, además, que en varias ocasiones lo han amenazado de muerte y lanzado estocadas. Además, que solicitó traslado a otro recinto penal, a Rancagua o Puente Alto, ya que en CDP Santiago Sur sufrió agresiones de parte de otros reos que me quieren matar. Respecto de las agresiones sufridas por el amparado, refiere que se realizaron las indagaciones y personal que cumple funciones en la Unidad Penal de Colina II, informan que no existen registros o documento que dé cuenta que e
Fundamentos
motivos anteriores no cabe sino concluir que el recurso debe ser necesariamente declarado sin lugar, pues no se configura el supuesto esencial, esto es, la existencia de una ilegalidad, para que haya de brindarse el amparo constitucional que se pretende. Sin perjuicio de ello, se ordenará oficiar a la Defensoría Penal Penitenciaria a fin que tenga conocimiento de los hechos expuestos en el recurso y si lo estima de acuerdo a los antecedentes, proceda a solicitar ante el tribunal que corresponda la audiencia de traslado de lugar de reclusión si fuere procedente, según se dirá en la parte resolutiva.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido doña Jennifer Huicapan Castillo, en favor de Mario del Valle Castillo y en contra de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de ello, se ordena oficiar a la Defensoría Penal Penitenciaria a fin que tenga conocimiento de los hechos expuestos en el recurso y si lo estima, de acuerdo a los antecedentes, proceda a solicitar ante el tribunal que corresponda la audiencia de traslado de lugar de reclusión, si ello fuere procedente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-186-2022 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Andrea Díaz-Muñoz Bagolini y conformada por la Ministra suplente señora Natacha Ruz Grez y el abogado integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de enero de dos mil veintidós. Porveyendo escrito folio 7: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Jennifer Huicapan Castillo, en favor de Mario del Valle Castillo, interno actualmente recluido en el CCP Colina II, en contra de Gendarmería de Chile, por el actuar ilegal y arbitrario consistente en la demora en el traslado
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