RICARDO VICTORIANO SANTILLANA CONTRA GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
27 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece don Ricardo Victoriano Santillana, quien recurre de amparo en favor de su hijo Ricardo Victoriano Vásquez, en contra de Gendarmería de Chile, por cuanto su hijo ha sido transferido a diferentes unidades penales, lo que ha dificultado ir a visitarlo a esos distintos penales, tanto por razones económicas como por la pandemia. Pide que sea trasladado al recinto penal de Valparaíso para su reintegro familiar y lograr su reinserción social. A folio 4, evacúa el informe el Alcaide (S) del Complejo Penitenciario de Valparaíso, que el interno Ricardo Alexis Victoriano Vásquez, cédula de identidad Nº 20.503.171-5, fue trasladado desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso, el 04 de febrero del año 2021, hasta el Complejo Penitenciario de La Serena, por medidas de seguridad penitenciaria, asociado al pésimo comportamiento que mantuvo al interior de este recinto penal. En su oportunidad, para solicitar el traslado por medidas de seguridad, se emitió el informe técnico Nº 82, de fecha 21 de diciembre 2020, en el cual se describe su participación en distintas faltas graves al régimen interno, destacándose como un líder negativo entre sus pares, sometiendo a aquellos de menor compromiso delictual. Por lo anterior no se recomienda el traslado del interno hasta el Complejo Penitenciario de Valparaíso, toda vez que su comportamiento continúa siendo refractario a las normas de régimen interno, no se evidencia ningún interés por mejorar su comportamiento, continúa incurriendo en faltas graves, y su última evaluación de conducta, en el bimestre noviembre-diciembre 2021, fuese calificada como pésima. Agrega que no es facultad del Complejo Penitenciario de Valparaíso emitir pronunciamiento sobre la factibilidad de traslado del interno, esa responsabilidad recae en el Departamento de Control Penitenciario de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile. A folio 5, informa el recurso el Jefe (S) del Departamento de Control Penitenciario de Gendarmería
Fundamentos
motivos de la solicitud de traslado considera inconveniente el traslado del interno condenado hacia el C.P. de Valparaíso. En razón de que con fecha 05 de enero de 2021 fue trasladado por Medidas de Seguridad Institucional bajo artículo N° 28 del Decreto Supremo N° 518 de 1998 Reglamento de Establecimientos Penitenciarios por Agresión a Funcionario de Gendarmería de Chile en cumplimiento de sus funciones, motivo por el cual es inconveniente materializar dicha solicitud a modo de evitar la ocurrencia de nuevos eventos críticos que pudiesen alterar el normal funcionamiento del recinto penal y así salvaguardar la integridad física del recluso, sus pares y el personal a cargo de su custodia. A folio 10, evacua el informe el Director Regional de Gendarmería, quien señala que el amparado se encuentra actualmente recluido en el C.C.P. del BIO-BIO, condenado por el Juzgado de Garantía de La Serena y de Valparaíso, por el delito de maltrato de obra a Funcionario de Gendarmería en el ejercicio de sus funciones, receptación, robo con violencia y robo por sorpresa. Que es usuario, clasificado con un alto compromiso delictual y registra varias faltas al régimen interno por la agresión, amenaza o coacción a cualquiera persona, tanto dentro como fuera del establecimiento; la resistencia activa al cumplimiento de las órdenes recibidas de autoridad o funcionario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones; la participación en motines, huelgas de hambre, en desórdenes colectivos o la instigación a estos hechos cuando se produzcan efectivamente; el porte, tenencia, uso, fabricación o proporción de elementos para la fabricación de armas blancas o de fuego, de explosivos, gases o tóxicos. Registra pésima, pésima, mala y pésima conducta en los últimos 4 bimestres. Que, mediante Oficio Ordinario Nº504 de fecha 19 de enero de 2022, del Jefe de Control Penitenciario de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, informa que resulta inconveniente el traslado del interno hasta el C.P. de Valparaíso, toda vez que, con fecha 05 de enero de 2022 el amparado fue trasladado por medidas de seguridad institucional tras haber agredido a un funcionario de esta institución. Que, Gendarmería de Chile, ha actuado en la especie conforme a derecho, en el ejercicio legítimo de las facultades de administrar los establecimientos penitenciarios, que es velar por la seguridad de ellos y de sus usuarios, determinar aquellos en que los condenados cumplirán sus penas, y disponer los traslados de acuerdo con la reglamentación vigente, contempladas en el Decreto Ley Nº 2859 , de 1979, que fija la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, y el Decreto Supremo Nº518 de 1998, que fija el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios. A folio 12 se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que la acción de amparo tiene por objeto que toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad i
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Ricardo Victoriano Vásquez, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política, en contra de Gendarmería de Chile. Comuníquese, regístrese y archívese. N°Amparo-93-2022. En Valparaíso, veintisiete de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de enero de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, comparece don Ricardo Victoriano Santillana, quien recurre de amparo en favor de su hijo Ricardo Victoriano Vásquez, en contra de Gendarmería de Chile, por cuanto su hijo ha sido transferido a diferentes unidades penales, lo que ha dificultado ir a visitarlo a esos distintos penales, tanto po
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