JUZGADO DE LETRAS DE TOME

FORESTAL ARAUCO S.A. CON CRISTIAN ALBERTO ZORN RODRIGUEZ Y OTRO

Rol

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA/REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que de conformidad al artículo 562 del Código de Procedimiento Civil, si se da lugar a la querella, se condena en costas al demandado, y en caso contrario, al actor y, habiendo sido desestimada la querella procede la condena en costas al querellante o actor. Los documentos acompañados en esta instancia no alteran lo resuelto por el a quo. Por estos fundamentos, disposición legal citada, se revoca la sentencia de veintinueve de febrero de dos mil veinte, en la parte que eximió del pago de las costas al querellante, y en su lugar se decide que queda condenado al pago de las mismas. Se confirma en lo demás apelado, y sin costas del recurso, la sentencia de veintinueve de febrero de dos mil veinte, dictada en causa Rol C-8-2017, del ingreso del Juzgado de Letras de Tomé. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro Jaime Simón Solís Pino. N°Civil-738-2020.

Fallo

se decide que queda condenado al pago de las mismas. Se confirma en lo demás apelado, y sin costas del recurso, la sentencia de veintinueve de febrero de dos mil veinte, dictada en causa Rol C-8-2017, del ingreso del Juzgado de Letras de Tomé. Regístrese y devuélvase. Redacción del ministro Jaime Simón Solís Pino. N°Civil-738-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, veinticuatro de enero de dos mil veintidós. VISTO: Que de conformidad al artículo 562 del Código de Procedimiento Civil, si se da lugar a la querella, se condena en costas al demandado, y en caso contrario, al actor y, habiendo sido desestimada la querella procede la condena en costas al querellante o actor. Los documentos acompañados en esta instancia no alteran

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica