SIN INFORMACION

SALGADO/BGS S.A

Rol

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, con fecha 8 de diciembre de 2020, comparece doña María Victoria Salgado Del Río, quien en nombre ya favor de doña María Gladys San Martín Astorga, interpone recurso de protección en contra de Senior Suite (o Bgs S.A.) representada legalmente por don Alejandro Espinoza, ambos domiciliados en Eliecer Parada N° 1222, comuna de Providencia y en contra de don Patricio Campos G., domiciliado en Hernando de Magallanes N° 680, comuna de Las Condes, por los actos ilegales y arbitrarios efectuados por éstos, vulnerando las garantías constitucionales establecidas en los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Solicita en definitiva, se ordene alzar la prohibición de visitas existentes en la residencia para el adulto mayor Senior Suite S.A., y se oficie al SENAMA para que constate la situación de la señora San Martin Astorga, en el sentido de verificar si se encuentra en pleno uso sus facultades mentales, si lo estuvo al momento de conferir mandato al recurrido señor Campos -en caso de que exista-, si se le debe declarar interdicta y asignar curador o lo que en derecho corresponda y estime pertinente. Con fecha 14 de diciembre de 2020 la recurrente se desiste de la acción constitucional únicamente respecto de la recurrida Senior Suite S.A. Señala que, a mediados de noviembre del año 2020, tomó conocimiento que estaba en venta la casa F) del pasaje ubicado en calle Coventry 344 de la comuna de Ñuñoa, lo que le llamó la atención ya que sabe que la propietaria de dicho inmueble, doña María Gladys San Martín Astorga, 93 años, no tiene herederos y siempre manifestó su intención de legar el inmueble a una fundación. Asevera que quien dice ser mandatario de la señora San Martín se niega a exhibir el poder que lo habilita a realizar actos como por ejemplo el retiro de todos los muebles el día 4 de diciembre de 2020. Logró constatar que el señor Campos no tiene parentesco alguno con la señora San Martin y al parecer se trata

Fallo

Por estas razones y de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema pertinente a la materia, se rechaza el recurso de protección deducido a favor de doña María Victoria Salgado Del Río, quien en nombre ya favor de doña María Gladys San Martín Astorga, interpone recurso de protección en contra de Senior Suite (o Bgs S.A.) y de don Patricio Campos G., sin costas. Regístrese y comuníquese. N° Protección-96618-2020. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero, conformada por las Ministras suplentes señora Andrea Díaz-Muñoz Bagolini y señora Natacha Ruz Grez. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, con fecha 8 de diciembre de 2020, comparece doña María Victoria Salgado Del Río, quien en nombre ya favor de doña María Gladys San Martín Astorga, interpone recurso de protección en contra de Senior Suite (o Bgs S.A.) representada legalmente por don Alejandro Espinoza, ambos domiciliad

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