LÓPEZ/FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)
Rol
Fecha
24 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido por Francisco López Moreno se desprende que en éste no se han mencionado hechos que impliquen una actual y posible vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Carta Fundamental, toda vez que el proceso de licitación por el cual se excluyó el centro de diálisis que provoca la pretendida transgresión a las garantías que enuncia está concluido, por lo que no existe medida que esta Corte pueda adoptar para restablecer el imperio del derecho dadas las características de la presente sede cautelar extraordinaria. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Archívese. Protección N° 123- 2022.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Archívese. Protección N° 123- 2022.
Texto Completo (Preview)
CH- Mjc En San Miguel, a veinticuatro de enero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Que del tenor del recurso deducido por Francisco López Moreno se desprende que en éste no se han mencionado hechos que impliquen una actual y posible vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Carta Fundamental, toda vez que el proceso de licitación por el cual se exc
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