SIN INFORMACION

(CIFUENTES TRONCOSO) QUERELLANTE: MARGARITA SEPULVEDA REYES. CONTRA QUIENES RESULTEN RESPONSABLES. PROCESADOS: CARLOS HERRERA JIMENEZ, OSCAR ALBERTO BOEHMWALD SOTO

Rol

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA/REVOCADA

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Hechos

VISTOS: En relación a lo solicitado en el número 1 de la presentación de fojas 241, se decide: Teniendo presente que resulta innecesaria la diligencia solicitada, toda vez que como se señala en la resolución recurrida, la causa del fuero militar N°1004-83 se encuentra tenida a la vista, en custodia, se rechaza dicha petición y, en consecuencia, se confirma a su respecto la resolución de veinte de agosto de dos mil veintiuno, escrita a fojas 242. En lo que respecta a las diligencias solicitadas en los números 3 y 4 de la mencionada presentación, teniendo presente que las peticiones solicitadas por el procesado Oscar Boehmwald Soto, pueden ser solicitadas durante el transcurso del sumario, etapa en la cual se encuentra este proceso, se revoca la resolución de veinte de agosto de dos mil veintiuno, escrita a fojas 242, en cuanto se negó a la petición por improcedente, y en su lugar se decide que se accede a la práctica de dichas diligencias. Devuélvase con su custodia. N°Penal-774-2021.

Fallo

se decide: Teniendo presente que resulta innecesaria la diligencia solicitada, toda vez que como se señala en la resolución recurrida, la causa del fuero militar N°1004-83 se encuentra tenida a la vista, en custodia, se rechaza dicha petición y, en consecuencia, se confirma a su respecto la resolución de veinte de agosto de dos mil veintiuno, escrita a fojas 242. En lo que respecta a las diligencias solicitadas en los números 3 y 4 de la mencionada presentación, teniendo presente que las peticiones solicitadas por el procesado Oscar Boehmwald Soto, pueden ser solicitadas durante el transcurso del sumario, etapa en la cual se encuentra este proceso, se revoca la resolución de veinte de agosto de dos mil veintiuno, escrita a fojas 242, en cuanto se negó a la petición por improcedente, y en su lugar se decide que se accede a la práctica de dichas diligencias. Devuélvase con su custodia. N°Penal-774-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CAS/rtp Concepción, veinticuatro de enero de dos mil veintidós. VISTOS: En relación a lo solicitado en el número 1 de la presentación de fojas 241, se decide: Teniendo presente que resulta innecesaria la diligencia solicitada, toda vez que como se señala en la resolución recurrida, la causa del fuero militar N°1004-83 se encuentra tenida a la vista, en custodia, se rechaza dicha

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