QUILODRÁN/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE CHILE/ DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO
Rol
Fecha
24 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Patricio Cofré Soto, en representación de Rodrigo Andrés Quilodrán Gutiérrez y recurre de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a eliminar los antecedentes penales del recurrente derivados de la causa RIT 10506-2010, RUC 1000803077-K del 2º Juzgado de Garantía de Santiago, vulnerando las garantías constitucionales del artículo 19 Nº 2 y 3 de la Constitución Política de la República. Señala que luego de haber sido condenado por sentencia ejecutoriada del 2º Juzgado de Garantía de Santiago a una pena sustitutiva, sanción que cumplió. El recurrente solicitó al Servicio de Registro Civil e Identificación la aplicación del artículo 38 de la Ley 18.216, sin embargo, el Departamento Jurídico de dicho Servicio le habría informado que, en su interpretación, el artículo 38 de la citada ley solo permite la omisión del antecedente, pero no su eliminación. En efecto, señala que el Servicio le habría indicado: “"que si bien el actual artículo 38 de la Ley 18.216, contempla en su texto el concepto eliminación, este debe entenderse referido al beneficio de omisión de antecedentes penales, de esta manera si el Tribunal eventualmente revoca la pena sustitutiva a causa de un quebrantamiento de la condena, esta decisión trae como consecuencia la pérdida del beneficio de omisión respecto de esa anotación prontuarial, en aquellos certificados de antecedentes. Pretender o contrario implicaría que cada vez que una persona cumple su condena procedería de inmediato la eliminación de la causa de su prontuario, situación que vulnera lo establecido en el articulo 8° y 9° del Decreto Supremo N° 64, norma que expresamente establece las causales de eliminación de una anotación prontuarial”. Reclama que el recurrido se atribuye facultades de interpretación de las que carece, afectando la garantía constitucional de igualdad ante la ley. Concluye
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso deducido en favor de don Rodrigo Andrés Quilodrán Gutiérrez y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación. Sin perjuicio de lo resuelto y en atención al incumplimiento del Segundo Juzgado de Garantía de la orden de informar sobre el presente recurso, pasen los antecedentes al Ministro Visitador para los fines que corresponda. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Protección-93364-2020. En Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Patricio Cofré Soto, en representación de Rodrigo Andrés Quilodrán Gutiérrez y recurre de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa a eliminar los antecedentes penales del recurre
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