SIN INFORMACION

SEGUEL/VEGA

Rol

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Nicolás Sanhueza del Valle y deduce recurso de protección en favor de Alejandra Patricia Seguel Astete y en contra de Marila Graciela Marta Vega Valdebenito, por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido con motivo de la realización de una serie de imputaciones difamatorias, deshonrosas y la difusión de ellas a través de internet, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 4 del artículo 19. Explica que la recurrente es médico cirujano con más de trece años de experiencia profesional con especialidad en ginecología y obstetricia y que actualmente presta servicios en el Hospital Santiago Oriente. En este lugar, sigue el recurso, el 5 de enero de 2021 la señora Marila Valdebenito, madre de la recurrida, fue ingresada a pabellón para la realización de un procedimiento quirúrgico, el que fue iniciado por una becada de tercer año. Esta última, añade, practicó una polipectomía sin incidentes, pero no logró la extracción de un dispositivo intrauterino, razón por la cual la recurrida se sumó al acto quirúrgico, intentando también la extracción sin lograrlo. Relata que la paciente quedó en observación y se le dio de alta el mismo 5 de enero, con indicación de control ambulatorio en ginecología y en caso necesario en urgencia. Sigue el recurso indicando que la paciente evolucionó con dolor abdominal y el 7 de enero ingresó a Urgencia, siendo nuevamente intervenida, (resección yeyunal con anastomosis término terminal y rafia vesical) dándose el alta el día 21 de enero. Agrega que a contar del 24 de marzo de 2021 a través de una cuenta de Instagram creada especialmente para efectuar comentarios difamatorios, se han efectuado publicaciones con los títulos “Realizó negligencia médica en el Hospital Luis Tisné de Peñalolén”. Expone que en los días posteriores la recurrente recibió una serie de mensajes acosadores y amenazantes por parte de la recu

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por el abogado Nicolás Sanhueza del Valle en favor de Alejandra Patricia Seguel Astete. Regístrese y archívese. N°Protección-7279-2021. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz e integrada por la Ministra (S) señora Doris Ocampo Méndez y por el Abogado Integrante señor Jorge Norambuena Hernández.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Nicolás Sanhueza del Valle y deduce recurso de protección en favor de Alejandra Patricia Seguel Astete y en contra de Marila Graciela Marta Vega Valdebenito, por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido con motivo de la realización de una serie de imputac

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