RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE FRANCISCO BASTIAN PEREZ AVILA EN CONTRA DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2021)
Rol
Fecha
21 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, comparece Carla de Borguie Véjar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Francisco Bastián Pérez Ávila, cédula nacional de identidad Nº 18.841.492-3, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario La Serena, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°505-2021, de fecha 14 de octubre de 2021, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente condena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de parricidio. Señala que el amparado cumple los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo “2°. Que analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten a la demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un mediano riesgo de reincidencia. - El Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Por las anteriores consideraciones, compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por Miguel Contardo Huidobro, que señala que el interno posee un riesgo de reincidencia medio, con rasgos psicopáticos y necesidad de intervención en medio cerrado y lo establecido en el D.L. Nº 321, de 1925 y sus modificaciones posteriores, y Ley N°21.124 de 18 de enero de 2019, también modificatoria de dicho Decreto Ley,
Fallo
SE RESUELVE: 1. Que, se DENIEGA, el beneficio de Libertad Condicional al interno Francisco Bastián Pérez Ávila (…)”. Arguye que no puede ser soslayado que el amparado presenta avances en su proceso de reinserción social de los cuales da cuenta el informe social elaboradora por la asistente social Ornella Spielman Guerrero, que refiere, en síntesis, que el amparado registra participación y adherencia en actividades propias de la unidad penal; cuenta con redes familiares de apoyo que favorecerán su proceso de reinserción en el medio libre; reconoce su autoría en el delito y la gravedad de los hechos; y es consciente del impacto negativo que genera en su víctima y su entorno, inclusive haciéndose presente en la vida de la víctima a través del pago de una pensión de alimentos. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión en un informe psicosocial de Gendarmería de Chile que no cumpliría con los requisitos exigidos en el artículo 2 N° 3 del Decreto Ley 321, y por adolecer, en general, de deficiencias metodológicas que detalla en su recurso. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. Acompaña a su recurso 1. Copia de la resolución N°505-2021, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional. 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad
Texto Completo (Preview)
Pérez Ávila, Francisco Bastián Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº 24-2022.- La Serena, veintiuno de enero de dos mil veintidós Visto y considerando: Primero: Que, comparece Carla de Borguie Véjar, abogada, defensora pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Francisco Bastián Pérez Ávila, cédula nacional de identidad Nº 18.841
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