SIN INFORMACION

FRANCO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

21 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: PRIMERO: Que CROBINSON FRANCO ÁLVAREZ deduce recurso de protección en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente la falta de respuesta de la autoridad sobre el recurso de reposición presentado el 2 de enero de 2020, ante el rechazo de la solicitud de regularización extraordinaria del ente recurrido, lo que trasunta en que hasta la fecha no se ha dictado el acto terminal de dicho procedimiento administrativo, vulnerando con ello la garantía constitucional del número 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso expresando que, la Intendencia Regional de Atacama dictó el 5 de agosto de 2014, la resolución Exenta N° 953, mediante la cual se dispuso la expulsión administrativa del recurrente. Añade que con posterioridad, en abril de 2018 el ejecutivo llevó a cabo un procedimiento de regularización extraordinario, al que se acogió el recurrente en el mes de mayo del mismo año, bajo la solicitud presentada con el N° 216664; refiere que en el intertanto el 6 de octubre de 2018, la ICA Stgo, dejó sin efecto la orden de expulsión, a través de un amparo que acogió. Señala que con fecha 2 de septiembre de 2019, se le notificó el rechazó del proceso de regularización. Ante el rechazo el recurrido interpuso dos recursos de reposición, el primero con fecha 12 de septiembre de 2019, el cual no habría sido ingresado al sistema por un error administrativo; por lo cual presentó reiteró el recurso con fecha 2 de enero 2020. Finaliza señalando que con el objeto de consultar el estado del recurso de reposición presentado el 2 de enero de 2020, el 20 de julio ingreso una solicitud de acceso a la información al Departamento de Extranjería y Migración. La respuesta fue recibida el día 19 de agosto, con una negativa para acceder a la solicitud realizada, por lo que recurrió de protección. SEGUNDO: Que inf

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas el recurso de protección deducido. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-85628-2020. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Marquez, el Ministro (S) señor Carlos Osvaldo Hidalgo Herrera y el Abogado Integrante señor Jorge Benitez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiuno de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veintidós. A folio 18: A lo principal y segundo otrosí: Téngase presente. Primer otrosí: A sus autos, con conocimiento. A folio 19 y 20: A lo principal: Téngase presente. Primer otrosí: A sus autos, con conocimiento. Vistos y oídos los intervinientes: PRIMERO: Que CROBINSON FRANCO ÁLVAREZ deduce recurso de protección en contra del DEPARTAM

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