BRITO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTE
Rol
Fecha
21 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DESESTIMADA
Hechos
VISTOS: Comparece Kevin Canedo Cueto, abogado, en representación de Gabriela Brito Colmenares, venezolana, domiciliada en avenida Croacia 200, Antofagasta, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, domiciliado en calle Chacabuco 1216, Santiago. Informa la recurrida Servicio Nacional de Migraciones. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que la recurrida omitió dar respuesta, en un plazo mayor a 20 días desde su ingreso, a la solicitud de reimpresión de orden de giro, cuestión que, además de constituir una acción ilegal, vulnera el derecho a la libertad de circulación, consagrado en el artículo 19 número 7 de la Constitución Política, pues le impide acreditar su residencia legal en el país.
Fallo
Por tanto, previa invocación de las disposiciones reglamentarias y constitucionales, solicita se ordene la reimpresión de la orden de giro de la visa temporaria de la recurrente en un plazo de 10 días desde que la sentencia quede firme. SEGUNDO: Que la recurrida solicita el rechazo del arbitrio dirigido en su contra porque la acción ha perdido oportunidad, puesto que, mediante Resolución Exenta N°117017, de 24 de septiembre de 2021, se rechazó la solicitud de permanencia definitiva y se le otorgó la visación de residencia temporaria válida por un año. De esta forma, atendido que el permiso concedido aún se encuentra vigente, la amparada se encuentra residiendo en el país de forma regular. TERCERO: Que el recurso de amparo se ha establecido en favor de todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción a lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, o respecto de la persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza a su derecho a la libertad personal y seguridad individual, debiéndose adoptar las medidas que se estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. En la especie, la acción de la recurrida pretende obtener la reimpresión de la orden de giro para acreditar su residencia legal en el país. CUARTO: Que tal como apuntó la recurrida, la acción deducida en su contra no es oportuna, atendido que la residencia regular de la amparada se encuentra establecida media
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veintiuno de enero de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Kevin Canedo Cueto, abogado, en representación de Gabriela Brito Colmenares, venezolana, domiciliada en avenida Croacia 200, Antofagasta, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, domiciliado en calle Chacabuco 1216, Santiago. Informa la recurrida Servicio Nacional de Migraciones. Puesta
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