MARTINEZ/AFP MODELO S.A.
Rol
Fecha
21 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Jocelyn Alejandra Aguirre Carvajal, abogado, a favor de Juan Jose Martinez Castillo, deduciendo recurso de protección contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., por la acción arbitraria e ilegal consistente en retener y no hacer entrega de los fondos previsionales correspondientes al 10% de los ahorros de la recurrente, sin perjuicio haber transcurrido el plazo máximo legal establecido por la ley 21.248. Señala en forma preliminar sobre la pandemia del denominado virus Sars Cov 2 (Covid 19) y como ha afectado la salud, economía, y derechos fundamentales de todos los habitantes de la República, y que las prolongadas etapas de confinamiento obligaron a las autoridades a tomar medidas urgentes, con el fin de poder palear la crisis económica que produce la paralización del mercado, una de las más importantes fue la aprobación de la ley 21.248, la cual aprobó el retiro de fondos previsiones de los afiliados a las AFP. Y ese ese contexto en que el día 13 de agosto de 2020, luego de varios intentos el recurrente logró realizar la solicitud de retiro, recibiendo ese día recibe correo por parte de la recurrida, señalando que la solicitud de retiro de fondos había sido ingresada correctamente y que durante los próximos 4 días hábiles desde realizada la solicitud validarían sus datos y le notificarían del estado de ésta. Afirma que, sin embargo, han transcurrido todos los plazos señalados, y hasta la fecha de la interposición del libelo de protección no ha recibido pago alguno, privándolo de su derecho al 10% que autoriza retirar la Ley. Defiende que el recurso se ha interpuesto dentro de plazo, que existe un acto ilegal o arbitrario consistente en la retención sin justificación de sus fondos, y que el derecho que invoca es indubitado, en tanto el recurrente es afiliado a la entidad recurrida y la ley lo habilita para solicitar el retiro de fondos. En concepto del recurrente los hechos descritos impo
Fundamentos
considerando lo señalado en el motivo precedente, y teniendo en cuenta que lo pretendido por la recurrente corresponde a que esta Corte disponga el pago inmediato y urgente del monto correspondiente al retiro de sus fondos previsionales, la acción ha perdido oportunidad, sin que exista medida que actualmente esta Corte pueda adoptar en el caso concreto.
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso interpuesto por doña Juan José Martinez Castillo, en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte Nº Protección-82205-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veintidós. A los folios 16, 17, 18, 19 y 20; a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Jocelyn Alejandra Aguirre Carvajal, abogado, a favor de Juan Jose Martinez Castillo, deduciendo recurso de protección contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., por la acción arbitraria e ilegal
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