JUZGADO DE GARANTIA DE CORONEL

ANA ISABEL DEL CARMEN FRANCO MORAGA CONTRA KEWIN JEAN POOL ESPINOZA CARRASCO, BAIRON ALEXIS CID GONZALEZ

Rol

Fecha

21 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En estos antecedentes provenientes del Juzgado de Garantía de Coronel, rol ingreso Corte 9-2022, don Eduardo Rosado Silva, Penal Público, en representación del condenado Cid González, apeló contra la resolución dictada el 28 de diciembre de 2021, que autorizó el traslado de Bairon Alexis Cid González al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes, sección juvenil. El recurso fue declarado admisible, incluido en la tabla y efectuándose la audiencia el 17 de enero en curso, oportunidad en que alegaron ambas intervinientes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Que consta de los antecedentes, que don Gonzalo Carrasco Moscoso, abogado del Servicio Nacional de Menores, Coordinador Judicial SENAME Región del Biobío, en causa RUC 1900493311-k; RIT 1884- 2021, seguida en contra del joven Bairon Alexis Cid González; solicitó el traslado del sentenciado Bairon Alexis Cid González, 19 años de edad, condenado por el delito de Robo con Homicidio a la sanción de seis (6) años de Internación en régimen cerrado, con programa de reinserción social, sanción impuesta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, a la Sección Juvenil del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes. Funda su petición en que el sentenciado ya individualizado, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 56 de la ley N° 20.084, para ser trasladado a una sección juvenil administrada por Gendarmería de Chile, ya que, se trata de una persona mayor de edad, le restan más de 6 meses para cumplir su condena y ha incumplido de manera grave la normativa interna del Centro poniendo en riesgo la vida de otras personas. En relación a la mayoría de edad y a su tiempo de condena, el joven tiene 19 años y le restan 3 años, 5 meses y 15 días de cumplimiento de la sanción impuesta, siendo su fecha probable de egreso el 8 de mayo del 2025. Manifiesta que consta en la carpeta judicial, que el Centro ha informado distintas faltas y hechos graves que han involucrado al sentenciado con el uso de armas artesanales que ha utilizado para agredir a otros internos, afectando de ese modo su vida e integridad física. Por ejemplo, Oficio 556/2021; Oficio 462/2021; Oficio 482/2021, entre otras. 2) Que, de acuerdo al informe técnico elaborado por el Centro de Régimen Cerrado de Coronel, en que se fundamenta la solicitud de traslado a la Sección Juvenil de Cid González, en virtud de lo dispuesto en el artículo 56 inciso séptimo de la ley N° 20.084, ya que el joven es mayor de edad; le restan más de 6 meses para cumplir su condena y ha incumplido de manera grave la normativa interna del centro poniendo en riesgo la vida e integridad física de otras personas. En relación al incumplimiento grave de la normativa interna del Centro, se consigna que el joven ha cometido 7 faltas graves y 2 faltas menos graves, las que se detallan en extenso en el referido informe, las cuales han alterado las normas de convivencia interna y han puesto en riesgo la vida e integridad de otras personas. En definitiva, las 7 faltas graves cometidas por Bairon Cid González, de conformidad al artículo 105 del Reglamento, constituyen infracciones graves a las normas de convivencia interna y de disciplina del centro, las que tiene por finalidad contribuir a la seguridad y a una vida comunitaria ordenada al interior del sistema. Asimismo, se erigen como un incumplimiento grave de la normativa del Centro poniendo en riesgo la vida e integridad física de otras personas. Se indica en el informe mencionado, que si bien el joven tiene aspectos logrados de su

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley N° 20.084 en relación al artículo 467 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de 28 de diciembre pasado, dictada por el Juez de Garantía de Coronel. Regístrese en el sistema, léase en la audiencia respectiva y notifíquese. Redactado por la Ministra (S) Sra. Claudia Montero Céspedes. Rol Penal N° 9-2022.

Texto Completo (Preview)

JYN/ari C.A. de Concepción. Concepción, veintiuno de enero de dos mil veintidós. Visto: En estos antecedentes provenientes del Juzgado de Garantía de Coronel, rol ingreso Corte 9-2022, don Eduardo Rosado Silva, Penal Público, en representación del condenado Cid González, apeló contra la resolución dictada el 28 de diciembre de 2021, que autorizó el traslado de Bairon Alexis Cid González al Centro

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