ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON MARIANO FUENZALIDA
Rol
Fecha
21 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, en causa RIT P-107-2017. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte N° 1046-2021 -Laboral - Cobranza-.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veintiuno de enero de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu,
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