QUIMICA INDUSTRIAL SPES S.A. CON INGENIERIA SEGURIDAD Y PUBLICIDAD VIALMEGA VIAL SPA
Rol
Fecha
20 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°).- Que la parte demandada solicita el abandono del procedimiento, por entender que se reúnen los supuestos legales, al haber transcurrido entre la resolución que se pronuncia entre la última gestión útil y aquella que sirve para dar continuidad al procedimiento, más de los seis meses exigidos por el legislador. Incidencia que fue rechazada por resolución de fecha 16 de agosto de 2021, por las razones que se indican en el fallo recurrido. 2°).- Que para resolver el incidente de abandono de procedimiento es preciso consignar los siguientes hechos que constan en autos: a) El 12 de enero de 2021 a las 10:30 horas, se lleva a efecto comparendo de conciliación, la que no se produce y, se ordena traer los autos para lo dispuesto en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil; b) El 15 de enero de 2021, se recibió la causa a prueba, se fija sólo un hecho como sustancial, pertinente y controvertido, además de los días de recepción de la prueba testimonial. Al final de la resolución se indica a las partes que deben tener presente al momento de practicarse las notificaciones lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N°21.226; c) Con fecha 3 de junio de 2021, se ordenó el archivo de los antecedentes, sin haberse notificada la resolución que recibió la causa a prueba; d) El 3 de agosto de 2021, la demandante solicita el desarchivo de los antecedentes, petición que se resolvió al siguiente día, 4 de agosto; e) El 5 de agosto de 2021, la demandada presenta escrito de incidente de abandono del procedimiento; 3°).- Que, es útil recordar que el procedimiento se entiende abandonado desde que todas las partes que figuran en el juicio han cesado su prosecución durante seis meses “contados desde la fecha de la última resolución recaída en gestión útil…”. 4°).- Que, bajo esta normativa, la última resolución recaída en gestión útil, es precisamente aquella de 15 de enero de 2021, que recibió la causa a prueba, la cual no fue notificada a las partes y, d
Fallo
fallo recurrido. 2°).- Que para resolver el incidente de abandono de procedimiento es preciso consignar los siguientes hechos que constan en autos: a) El 12 de enero de 2021 a las 10:30 horas, se lleva a efecto comparendo de conciliación, la que no se produce y, se ordena traer los autos para lo dispuesto en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil; b) El 15 de enero de 2021, se recibió la causa a prueba, se fija sólo un hecho como sustancial, pertinente y controvertido, además de los días de recepción de la prueba testimonial. Al final de la resolución se indica a las partes que deben tener presente al momento de practicarse las notificaciones lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N°21.226; c) Con fecha 3 de junio de 2021, se ordenó el archivo de los antecedentes, sin haberse notificada la resolución que recibió la causa a prueba; d) El 3 de agosto de 2021, la demandante solicita el desarchivo de los antecedentes, petición que se resolvió al siguiente día, 4 de agosto; e) El 5 de agosto de 2021, la demandada presenta escrito de incidente de abandono del procedimiento; 3°).- Que, es útil recordar que el procedimiento se entiende abandonado desde que todas las partes que figuran en el juicio han cesado su prosecución durante seis meses “contados desde la fecha de la última resolución recaída en gestión útil…”. 4°).- Que, bajo esta normativa, la última resolución recaída en gestión útil, es precisamente aquella de 15 de enero de 2021, que recibió la causa a prueba,
Texto Completo (Preview)
FST/ari C.A. de Concepción. Concepción, veinte de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°).- Que la parte demandada solicita el abandono del procedimiento, por entender que se reúnen los supuestos legales, al haber transcurrido entre la resolución que se pronuncia entre la última gestión útil y aquella que sirve para dar continuidad al procedimiento, más de los seis meses exigi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica