ROSANA CHICAGUAL TOLEDO CON CENTRO CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO DE VALDIVIA
Rol
Fecha
20 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero. – Que doña Rosana Chicagual Toledo, deduce recurso de amparo en favor de Ricardo Francisco Morán González, quien se encuentra en el Centro Penitenciario de Valdivia, fundado en que tiene problemas con otros internos y solicita acojan la solicitud de traslado al Centro Penitenciario del Bio-Bio o de Concepción. Segundo. - Que informando la recurrida, señala que el condenado se encuentra cumpliendo condena en el módulo 44, informando el interno que tiene problemas con todos los reclusos menos los de su módulo y que se encuentra esperando respuesta de solicitud de traslado a San Antonio. Tercero. - Que, del análisis de la acción ejercida y el informe de la recurrida, es posible determinar que el actuar de Gendarmería no ha sido vulneratorio, ya que ha obrado dentro de las atribuciones legales que detenta para determinar el traslado del recluso al tenor del Decreto Supremo 518 de 1998 del Ministerio de Justicia y el Decreto Ley N° 2859 y que en el caso sublite de acuerdo a lo informado por el amparado se está tramitando su traslado a San Antonio. Cuarto. - Que, a mayor abundamiento, la recurrida acompañó certificado de salud que denota que se encuentra el condenado en buen estado, sin que se otorguen antecedentes ni por la recurrente ni el amparado respecto de algún otro hecho que merezca ser digno de protección del recluso, sin perjuicio de las medidas que debe adoptar Gendarmería para dar protección y seguridad al amparado. Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Se RECHAZA el recurso de amparo constitucional interpuesto por la recurrente en contra de Gendarmería de Chile, sin costas; lo anterior sin perjuicio de la obligación de la institución pública recurrida, de arbitrar las medidas necesarias tendientes a proteger la vida e integridad física del amparado. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Luis Galdames Büh
Fallo
Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Se RECHAZA el recurso de amparo constitucional interpuesto por la recurrente en contra de Gendarmería de Chile, sin costas; lo anterior sin perjuicio de la obligación de la institución pública recurrida, de arbitrar las medidas necesarias tendientes a proteger la vida e integridad física del amparado. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Luis Galdames Bühler. N°Amparo-327-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinte de enero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero. – Que doña Rosana Chicagual Toledo, deduce recurso de amparo en favor de Ricardo Francisco Morán González, quien se encuentra en el Centro Penitenciario de Valdivia, fundado en que tiene problemas con otros internos y solicita acojan la solicitud de traslado al Centro Penitenciario del Bio-Bio o d
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