BANCO DE CHILE / GARCÉS BARRIA
Rol
Fecha
20 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil dispone que las apelaciones que se pronuncien en los casos regulados en dicho artículo, son inapelables. 2.- Que, estos autos se han elevado en apelación contra la resolución que declaro extemporánea la lista de testigos en un incidente de nulidad, la que no admite tal medio de impugnación, por lo que el recurso de apelación debe ser declarado inadmisible. Por estas consideraciones, disposición legal citada, y lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el 24 de noviembre y concedido el día 30 del mismo mes y año, contra la resolución de veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. Devuélvase N°Civil-1356-2021.
Fallo
Por estas consideraciones, disposición legal citada, y lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el 24 de noviembre y concedido el día 30 del mismo mes y año, contra la resolución de veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. Devuélvase N°Civil-1356-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS Concepción, veinte de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil dispone que las apelaciones que se pronuncien en los casos regulados en dicho artículo, son inapelables. 2.- Que, estos autos se han elevado en apelación contra la resolución que declaro extemporánea la lista de testigos en un incidente de
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