GARCIA PINTO ALEJANDRO ESTEBAN/GENDARMERIA DE CHILE - COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
20 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 29 de octubre de 2021 comparece el abogado Leopoldo Humberto Romero Yáñez, quien interpone acción de amparo en favor de Alejandro Esteban García Pinto, cédula de identidad N°15.333.632-6, en contra de Gendarmería de Chile y la Comisión de Libertad Condicional, que sesionó en el segundo período del 2021, por haber estos incurrido en un acto ilegal y arbitrario al no ingresar al amparado a la postulación de dicho beneficio, a pesar de cumplir todos los requisitos que establece la Ley. Solicita que se acoja y se restablezca el imperio del derecho, en el sentido de declarar que al negar la postulación de libertad condicional, cumpliendo con todos los requisitos legales, se conculca el derecho a la libertad del amparado, de manera arbitraria e ilegal, con vulneración de garantías constitucionales, ordenando su inmediato cese, o que se estime que en derecho corresponda, o postularlo derechamente a la comisión de libertad condicional del segundo semestre del año 2021. SEGUNDO: Que informando el Alcaide del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, Coronel de Gendarmería Alberto Figueroa Quezada, solicita el rechazo del recurso interpuesto en consideración a que, según indica, el amparado si habría sido postulado al beneficio en comento, por reunir los requisitos legales, acompañando la Ficha Consolidada de Postulación a libertad condicional. Asimismo sostiene que es competencia privativa de la Comisión de Libertad Condicional su concesión, la que en este caso fue rechazada. TERCERO: Que informa la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, correspondiente al segundo semestre de 2021, que requeridos los antecedentes pertinentes a la Secretaría Criminal, consta que el recurrente fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, señalando que “al revisar los antecedentes del intern
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre tramitación de la presente acción cautelar, se decide que se RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Alejandro Esteban García Pinto, cédula de identidad N°15.333.632-6. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°Amparo 4873-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinte de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 29 de octubre de 2021 comparece el abogado Leopoldo Humberto Romero Yáñez, quien interpone acción de amparo en favor de Alejandro Esteban García Pinto, cédula de identidad N°15.333.632-6, en contra de Gendarmería de Chile y la Comisión de Libertad Condicional, que sesionó en el segun
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