BENAVENTE/PARIS
Rol
Fecha
20 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA PARCIALMENTE
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado don Héctor Hernández Bórquez, en representación de don HUGO MIGUEL ÁNGEL BENAVENTE MORALES, reclamando judicialmente en contra de la Resolución Exenta N°617/2021 del MINISTERIO DE SALUD, de fecha 08 de julio del 2021, que rechaza el reclamo administrativo deducido por su parte en contra de la Resolución Exenta 3E N°1916/2021 de fecha 02 de marzo de 2021, del Fondo Nacional de Salud, que aplicó a su representado la sanción de cancelación de su inscripción en el rol de la MLE y el pago de una multa de 500 UF, así como el reintegro del valor FAM de las prestaciones objetadas, por supuestas infracciones cometidas en el marco de las fiscalizaciones efectuadas por la división contraloría del Fondo Nacional de Salud, respecto de las cobranzas/prestaciones de la reclamante, solicitando desde ya que se ordene dejar sin efecto la Resolución Exenta N°617/2021 de fecha 08 de julio de 2021, emitida por el Ministerio de Salud y, consecuencialmente, todas las sanciones impuestas, por la Resolución Exenta 5S N°1916/2021. SEGUNDO: Que, el recurrente señala que, con fecha 17 de agosto de 2020, su representado fue notificado por FONASA centro Sur, requiriéndosele allegar una serie de antecedentes relativos a atenciones y prestaciones de salud por él efectuadas, específicamente enviar fotocopias de las fichas clínicas y respectivas ordenes de prescripción médica de los beneficiaros que se indicaron en dicho Ordinario N°5S 23.027, requiriendo con posterioridad antecedentes adicionales mediante Ordinario N°5S 38.583 de fecha 8 de octubre de 2020. Indica allegó todos los antecedentes solicitados, respondiendo a las mismas oportuna y diligentemente, indicando que, de la muestra aleatoria de 259 fichas clínicas, se presentaron de forma correcta y correlativa 257 de ellas, todas dentro del plazo legal, asumiendo el extravío de una de ellas, y que otra fue caratulada erróneamente, enviando un expediente que no coincide con el beneficiario, sin embargo, la ficha se encuentra completa y es parte de los antecedentes sujetos a fiscalización. Con fecha 02 de marzo de 2021, mediante Ordinario N°5S N°1916, fue notificado de la aplicación de sanción, como consecuencia de la formulación de cargos expuestos mediante oficio N°5S 36.036/2020, consistente en la Cancelación del Convenio Fonasa, pago de una Multa 500 UF, y el reintegro del valor correspondiente al Fondo de Ayuda Médica de las prestaciones objetadas por un monto de $33.760.120 pesos. Especifica que la suma de prestaciones ascendería a un monto bruto de $107.628.790 y un monto FAM de $33.556.220, indicando que a tal monto se llega, efectuando las respectivas aplicaciones de los porcentajes de variación de las facturaciones entre agosto 2019 y junio 2020, y que son de entre un 30% y un 170% en el mes de junio 2020, las que representan un total de 34.940 prestaciones que supuestamente su representado no habría efectuado, agregando que el periodo en que se habría producido ta
Fallo
Por estas consideraciones, y citas legales hechas, SE ACOGE parcialmente, sin costas, el recurso de reclamación interpuesto por don HUGO MIGUEL ÁNGEL BENAVENTE, en contra de la Resolución Exenta N°617/2021 del MINISTERIO DE SALUD, de fecha 08 de julio del 2021, que rechaza el reclamo administrativo deducido por su parte en contra de la Resolución Exenta 3E N°1916/2021 de fecha 02 de marzo de 2021, del Fondo Nacional de Salud, solo en cuanto se rebaja a cincuenta unidades de fomento (50 UF), la multa aplicada al reclamante. Regístrese y archívese, en su oportunidad.- Redacción del Abogado Integrante don Ruperto Pinochet Olave. Rol N°18-2021 Contencioso Administrativo. Se deja constancia que, pese a haber concurrido a la vista y acuedo de esta causa, no firma el Fiscal Judicial don Óscar Lorca Ferraro, por encontrarse haciendo uso del permiso previsto en el artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales.
Texto Completo (Preview)
Talca, veinte de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado don Héctor Hernández Bórquez, en representación de don HUGO MIGUEL ÁNGEL BENAVENTE MORALES, reclamando judicialmente en contra de la Resolución Exenta N°617/2021 del MINISTERIO DE SALUD, de fecha 08 de julio del 2021, que rechaza el reclamo administrativo deducido por su parte en contra de la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica