SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE MANUEL ENRIQUE ORREGO BRAVO EN CONTRA DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2° SEMESTRE 2021)

Rol

Fecha

20 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: 1°) Que comparece la abogada CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, defensora pública penitenciaria, por MANUEL ENRIQUE ORREGO BRAVO, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución N° 492-2021, de fecha 14 de octubre de 2021, rechaza otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado, por no cumplir con el requisito contemplado en el artículo 2 N° 3 del DL 321. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio, por el delito de homicidio calificado y 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de lesiones menos graves. Que inició el cumplimiento de su condena el día 06 de junio de 2010 y tiene fecha de término el 06 de agosto de 2025, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional el 17 de julio de 2020, correspondiente a los dos tercios de la condena. Indica que registra, asimismo, una conducta calificada como “muy buena” en los últimos seis bimestres. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, pues el informe de postulación psicosocial de Gendarmería no permite demostrar que, a la época de postulación, pueda lograr una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un mediano riesgo de reincidencia, quien no presenta conciencia del delito ni del mal causado. Hace presente diversos aspectos en relación con el proceso de reinserción social del amparado los cuales constan en el informe situacional elaborado por la trabajadora social doña Ornella Spielman Guerrero. Señala que, durante el tiempo de reclusión, el condenado ha mostrado motivación al cambio; registrando participación en los siguientes talleres y/o cursos: Taller de Habilidades Sociales, Taller de Habilidades de Comunicación Efectiva, Taller Identidad Delictual, Taller Control Emocional, Taller Deportivo y Recreativo, Taller Cultural. Además, fue reconocido por su destacada participación en

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de MANUEL ENRIQUE ORREGO BRAVO, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 23-2022.-

Texto Completo (Preview)

Orrego Bravo, Manuel Enrique Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 23-2022.- La Serena, vente de enero de dos mil veintidós. VISTOS: 1°) Que comparece la abogada CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, defensora pública penitenciaria, por MANUEL ENRIQUE ORREGO BRAVO, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución

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