RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE JUAN RODRIGO GARCÍA PINTO/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL DE LA SERENA
Rol
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogado, defensora pública penitenciaria, por el condenado JUAN RODRIGO GARCÍA PINTO, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución N° 420-2021, de fecha 13 de octubre de 2021, rechaza otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado, por no cumplir con el requisito contemplado en el artículo 2 N° 3 del DL 321. A fin de desvirtuar las conclusiones arribadas por la recurrida, acompaña informe social emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, el cual transcribe. Agrega que la Comisión de Libertad Condicional al fundar el rechazo del otorgamiento del beneficio de libertad condicional únicamente en el informe psicosocial negativo evacuado por Gendarmería, incurre en un acto ilegal y arbitrario, infringiendo la propia normativa que regula la concesión del beneficio, a saber, el artículo 2º del Decreto Ley 321 en relación con el artículo 12 de su reglamento, que exigen que el informe de postulación psicosocial sea elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería o de los destinados al servicio de reinserción social en el caso de la administración concesionada, además, alega infracción del artículo 1° inciso 1° de dicho cuerpo legal, toda vez que la Comisión no consideró los avances en el proceso de reinserción del penado y
Fallo
por tanto su actuación es arbitraria. Por último, denuncia infracciones al reglamento de la ley del ramo, a los fines preventivos especiales de la pena y a disposiciones internacionales reconocidas por Chile. En consecuencia, estima que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, constituye un acto arbitrario e ilegal que afecta el derecho a la libertad personal y seguridad individual de su representado. Por estas consideraciones solicita acoger la acción, dejando sin efecto la decisión denegatoria adoptada a su respecto por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele el beneficio de la libertad condicional al amparado. Acompaña los siguientes documentos: 1. Copia de la resolución N°420-2021, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional; 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional; 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional; 4. Informe situacional emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, Wally Portflitt Toro; 5. D.S. 618 de 2002 del Ministerio de Obras Públicas, con bases de licitación incluidas. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida, quien indica que se rechazó la solicitud de Libertad Condicional del mencionado interno, invocando como fundamentos, que el interno no reúne los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, debido a las siguientes razones: a) El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del co
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García Pinto, Juan Rodrigo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 20-2022.- La Serena, diecinueve de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogado, defensora pública penitenciaria, por el condenado JUAN RODRIGO GARCÍA PINTO, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condic
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